Miércoles 10 de abril 2024

Absuelven a dos condenados por lesa humanidad

Redaccion Avances 26/12/2020 - 15.59.hs

REDACCION
A ocho años del histórico juicio que juzgó la responsabilidad penal de los acusados por el secuestro, tortura y muerte del abogado laboralista Carlos Alberto “El Negro” Moreno, ocurrido en mayo de 1977, la Corte Suprema de Justicia hizo lugar al recurso de queja presentado por la defensa de los hermanos tandilenses, primeros civiles que fueron juzgados y condenados por crímenes de lesa humanidad. Para el máximo tribunal, no quedó acreditada la participación de los hermanos Emilio Felipe y Juan Manuel Méndez.
“La misma Corte Suprema que dictó el llamado 2 por a favor del represor Muiña, y que regenteó la persecución política de opositores al régimen macrista confirmando la condena contra Amado Boudou, ahora vuelve a las suyas absolviendo a dos condenados por el secuestro, tortura y muerte en la dictadura cívico militar, del abogado laboralista y comprometido con los trabajadores, Carlos Alberto Moreno” denunció ayer Rafael Ortiz. En una declaración realizada ayer desde Córdoba Ortiz lamentó que “hicieron valer el principio de inocencia y la neutralidad del tribunal” y consideró que “la impunidad con la complicidad civil de los crímenes de lesa humanidad salió fortalecida” a diferencia del más alto tribunal “cuyas falencias siguem vigentes en sus fallos”.

 

Repudio bonaerense.
Apenas conocido el fallo también la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires repudió el fallo y manifestó su preocupación por la anulación de las condenas a 15 y 11 años de prisión impuestas a los hermanos Méndez por el secuestro y asesinato de aquel abogado de Olavarría. La Cámara de Casación Penal Federal, cuya resolución fue anulada por la Corte, había confirmado esas condenas impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Mar del Plata en el año 2012.
“Genera preocupación este fallo porque se inscribe en una serie de resoluciones emanadas desde la cabeza de uno de los poderes del Estado que marca una línea dilatoria en el Proceso de Memoria, Verdad y Justicia iniciado en mayo de 2017 con el tristemente célebre fallo que benefició a los responsables de la dictadura cívico militar con la derogada ley del 2×1”, advirtió el organismo, en referencia al conocido como “fallo Muiño”.
Además de dar lugar al recurso de queja la Corte ordenó la remisión de las actuaciones a Casación para que emita un nuevo fallo. Aunque los hermanos tandilenses continúan condenados, la Corte “evita dejar firme esa sentencia y deja pendiente de resolución el recurso de Casación”, agregó la subsecretaría.

 

Antecedentes.
“Esta resolución se suma al fallo del 17 de diciembre en la causa Masacre de Trelew, cuando en vez de tratar todos los puntos del recurso extraordinario de la defensa de Carlos Marandino, la Corte anuló la resolución de la Cámara de Casación que concedió el recurso y obliga a las víctimas a esperar un nuevo pronunciamiento de la Cámara. Se encadena también con la resolución de julio pasado que dejó virtualmente cerrada una causa por delitos de lesa humanidad contra el responsable del diario La Nueva Provincia, de Bahía Blanca, Vicente Massot, al ratificar la falta de mérito”, agregó el organismo.
Para los defensores de los derechos humanos, “este nuevo fallo favorece a dos civiles condenados por delitos de lesa humanidad y continúa la línea ideológica de aquellas otras resoluciones en causas relacionadas con la responsabilidad empresaria y el proceso de Memoria, Verdad y Justicia”. También advierten que existen “en la Corte causas pendientes de resolución desde hace mucho tiempo cuyos plazos vuelven a extenderse, y el paso del tiempo atenta contra la justicia” y concluyen que “seguimos creyendo que el único camino en el Proceso de Memoria, Verdad y Justicia es la justicia”.

 

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