Lunes 15 de abril 2024

ANSES: los apoderados deben registrar su huella digital antes del 30 de junio

Redacción 29/01/2019 - 21.30.hs

Los apoderados de los jubilados y pensionados deben registrar su huella digital antes del 30 de junio, según la resolución 269 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

 



La huella digital se suma a las medidas de control preexistentes, ya que "no obsta a que las entidades pagadoras realicen los controles adicionales que consideren convenientes a fin de realizar los pagos de las prestaciones y/o acreditar la fe de vida del titular de las mismas, de los cuales continúan siendo exclusivamente responsables", aclara la norma.

 



De esta manera, el objetivo es promover mayores controles en el pago de los beneficiarios y reducir las chances que se efectúen pagos indebidos. 

 



La resolución establece que "para poder de poder desempeñar el rol de apoderados para percibir las prestaciones de jubilaciones y pensiones del SIPA y de pensiones no contributivas, las personas deben enrolarse mediante la captura de su huella dactilar y registrarla en el programa "Mi huella".

 



Para quienes ya sean apoderados de jubilados y pensionados deberán registrar su huella "inexorablemente antes del 30 de junio de 2019".

 



La medida dispone también que quienes no registren la huella en condición de apoderados en los tiempos establecidos será "pasibles de la suspensión del poder".

 



Mirá las explicaciones sobre cómo hacerlo que brindó ANSES:

 



Registro de Mi Huella

 



Todos los apoderados de jubilados y pensionados que aún no hayan registrado su huella deben hacerlo antes del 30 de junio en el banco donde cobran habitualmente o en una oficina de ANSES con turno.

 



Mi Huella es un sistema que permite reconocer la identidad de las personas a través de la digitalización de las huellas dactilares para facilitar la realización de trámites.

 



Si residís en el exterior, deberás realizar este trámite a través de un apoderado cuyo poder haya sido realizado en el país.

 



¿Quiénes tienen que hacerlo?

 



  • Jubilados y pensionados de ANSES y sus apoderados.
  • Personas que cobren pensiones no contributivas y sus apoderados.


Documentación

 



DNI del jubilado o pensionado y su apoderado.

 



Trámite

 



El trámite es presencial con turno. 

 



Si tenés impedimentos físicos o de movilidad para registrar tus huellas podés solicitar la exención al programa Mi Huella.

 



¿Cómo realizar el trámite?

 



1-Consultá si tu huella está registrada

 



Ingresá a Mi ANSES, en la sección Mi Huella Digital > Consultar y conocé si tu huella ya está registrada.

 



2- Reuní la documentación

 



No es necesario que el jubilado y su apoderado registren la huella en el mismo momento, es decir, pueden hacerlo por separado.

 



3- Sacá turno

 



Solicitá un turno para ser atendido en una oficina. Si el apoderado realiza el trámite en un momento diferente al jubilado deberá sacar otro turno.

 



Ya registré Mi Huella

 



Una vez que hayas registrado tus huellas vas a poder utilizarla, entre otros trámites, para acreditar supervivencia (fe de vida) en cualquier oficina de ANSES, organismo público o sucursal bancaria que cuente con el dispositivo de Mi Huella.

 



Problemas con el registro de Mi Huella

 



Si tus huellas no pueden ser registradas por desgaste no es necesario presentar el Formulario ni el certificado medico. Comunicale la situación al personal de ANSES y, luego de una verificación, registrará tu solicitud de exención.

 



Si se produce una coincidencia en el registro de huella con la base de datos ANSES, mientras se resuelve esta situación, ANSES dará aviso al banco donde cobrás para que no pida el uso de tu huella y de esta manera no tengas problemas con tus cobros. 

 



Si el apoderado tuviera algún inconveniente con sus datos registrados en ANSES y por ello no puede registrar su huella, deberá solicitar un turno y presentarse su DNI y el Formulario PS 6.4 Carta Poder completo.

 


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