Miércoles 27 de marzo 2024

Anularon despidos y multan a Michetti

Redacción 19/05/2016 - 01.08.hs

La Sala III de la Cámara Nacional del Trabajo resolvió un amparo sobre el caso de un despido en el Senado de la Nación, y dejó asentado un precedente que podría tener impacto para el resto de las cesantías implementadas en otras áreas del Estado por el Gobierno de Cambiemos.
A través de una medida cautelar, los jueces Diana Cañal y Néstor Rodríguez Brunego dispusieron "hacer lugar a la medida y ordenar la reinstalación de la actora en el plazo de cinco días, y bajo apercibimiento de aplicar" una multa a la titular de la Cámara Alta, Gabriela Michetti de $3 mil por cada día que incumpla desde su notificación.
La apelación llegó a la Cámara -máxima instancia del fuero- ya que la jueza de primera instancia en lo laboral se declaró incompetente y sostuvo que el reclamo debía ser cursado a través del fuero Contencioso Administrativo Federal. La empleada había ingresado como contratada en 2012 al Senado, había sido pasada a "planta transitoria" y en 2015 fue incorporada a la "planta permanente", mientras que el 30 de diciembre fue despedida .
"En la hipótesis de autos, tenemos una trabajadora que ha perdido su empleo, sorpresivamente, con lo cual dada la protección normativa, convierte en evidente el peligro en la demora, en virtud del carácter alimentario del salario y la pérdida de obra social tanto para ella como para los terceros supuestamente a su cargo", afirmaron los camaristas.

 

Escrito.
"No se trata de una intromisión en la labor de otros poderes, sino de la labor misma del Poder Judicial", argumentó Cañal sobre la competencia del fuero laboral por sobre el Contencioso.
"Se observa que el reclamo de los accionantes tiene raigambre eminentemente laboral, requiriendo la pronta reinstalación en los puestos de trabajo, ya que consideran que los despidos son discriminatorios", señalaron en el voto que compartieron ambos jueces.
Allí dejaron sentado que "en la frase empleo público debe destacarse en primer término, cuál, por imperio de la Constitución Nacional y los tratados internacionales, debe gozar de protección", aseguró Cañal, quien citó jurisprudencia internacional en la materia. Así aceptó el criterio de estabilidad de un trabajador del Estado y el cumplimiento de sus funciones.
"Muchas veces, cuando se tacha de ideológico el respeto por el derecho, lo que se oculta es que se pretende vaciarlo desde una interpretación ideología", puntualizó la jueza en un escrito.
(Ambito.com)

 

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