Lunes 15 de abril 2024

Arduo debate en la Cámara de Senadores

Redacción 28/11/2013 - 04.41.hs

La Cámara de Senadores, al cierre de esta edición, continuaba debatiendo la reforma y unificación del Código Civil y Comercial de la Nación, en una extensa sesión que se inició a media tarde y continuaría hasta la madrugada.
El proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo cuenta con el apoyo del Frente para la Victoria y de sus aliados, así como de algunos representantes del peronismo disidente que, gracias a algunos cambios introducidos la semana pasada, votarán la iniciativa.
El presidente de la Comisión Bicameral Especial que debatió el nuevo código, el kirchnerista neuquino Marcelo Fuentes, resaltó que "querían presentar a esta tarea como un capricho del gobierno" y destacó que "el tratamiento de este Código es distinto al de (Dalmacio) Vélez Sarsfield".
En cambio, el radical Ernesto Sanz cuestionó el tratamiento de la iniciativa sin que se pudiera "votar artículo por artículo" y advirtió que, en cuestiones como la responsabilidad del Estado que será cuestión de una ley aparte, "en lugar de cerrar las puertas a la judicialización se las estamos abriendo".
A su turno, el kirchnerista bonaerense Aníbal Fernández indicó que "con esta modificación nos vamos a encontrar que los marginados van a poder conquistar sus derechos, que van a ser reconocidos con fuerza de ley".
En ese sentido, Fernández recordó leyes aprobadas anteriormente por el Congreso como el matrimonio igualitario y la ley de identidad de género.

 

Concepción.
Una de las discusiones se dio sobre la modificación del artículo 19 del Código que antes establecía que la vida comenzaba en la implantación del embrión en el seno materno y que desde el cambio de la semana pasada señala que la vida comienza en la concepción.
La justicialista disidente, Liliana Negre de Alonso, dijo que "el primer derecho humano es el derecho a la vida" y sostuvo que "lo que realmente está en juego es si prima el derecho del embrión a la vida o el derecho a manipularlo libremente".
La salteña Sonia Escudero, quien también apoyó la modificación del artículo, recordó que el Pacto de San José de Costa Rica "protege la vida desde la concepción", pero consideró "absurdo decir que un embrión no implantado es una persona".

 

Responsabilidad del Estado.
En lo que hace a la discusión sobre la eliminación de la "responsabilidad del Estado" del Código Civil, y el envío de un proyecto de ley a la Cámara de Diputados, el radical Ernesto Sanz argumentó que "todo lo que no fue materia de consenso le abre las puertas a la judicialización".
En cambio, el kirchnerista Marcelo Guinle dejó en claro que "el Código actual no habla de la responsabilidad del Estado", y que no se está buscando la protección de judicial".
Si el Senado aprueba la iniciativa, el proyecto que consta de más de 2.600 artículos pasará a Diputados para que sea convertido en Ley.

 

Puntos Clave.
El dictamen del oficialismo establece que el comienzo de la existencia humana se produce en la concepción, modificando la redacción original que incluía en los casos de reproducción humana asistida, que la vida comenzaba con la implantación del embrión en la mujer.
En ese sentido, aclara que la protección del embrión no implantado será objeto de una ley especial.
También se eliminó de la redacción actual cuestiones como la "filiación post mortem" y la regulación de la "propiedad para uso social".
En cuanto a fecundación, el Código establece unas "Reglas generales relativas a la filiación por técnicas de reproducción humana asistida" entre las que menciona el "Consentimiento en las técnicas de reproducción humana asistida", la "voluntad procreacional" y el "Derecho a la información de las personas nacidas por técnicas de reproducción asistida".
Por otro lado, permite las uniones convivenciales, facilita las adopciones y establece que se puede hacer un acuerdo prenupcial y que el divorcio se puede llevar adelante con el consentimiento de uno solo de los cónyuges.
En cuanto a cuestiones monetarias, el proyecto impulsado por el kirchnerismo estipula que si se tomó una deuda en moneda que no sea de curso legal en la República Argentina, la obligación "debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal". (Télam)

 


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