Jueves 18 de abril 2024

Corte revoca sobreseimientos

Redacción 23/04/2014 - 05.10.hs

La Corte Suprema de Justicia revocó el sobreseimiento de ex funcionarios de la administración menemista imputados por una defraudación al Estado, por la concesión del espacio radioeléctrico, en 1998, a la empresa francesa Thales Spectrum, licitación anulada por el entonces presidente Néstor Kirchner en enero de 2004.
En una resolución de solo una carilla, en la que se remiten a un extenso dictamen del procurador Eduardo Ezequiel Casal, la Corte revocó en su acordada de ayer los sobreseimientos del ex secretario de Comunicaciones, Germán Kammerath, y los ex funcionarios Alejandro Cima, Roberto Catalán, Roberto Uanini, Alberto Gabrielli, Matía Bordieu, Patricio Feune de Colombi y el empresario Jorge Neuss.
La medida también alcanzó a Luis Alberto Romero, Hugo Jorge Zothner, Pablo Francisco Arancedo y el abogado Juan Carlos Cassagne, titular local de Thales.
Todos ellos habían sido sobreseídos el 8 de junio de 2011 por la mayoría de la Sala Cuarta de la Cámara Federal de Casación Penal.
En aquella oportunidad los camaristas Augusto Díaz Ojeda y Mariano Gonzalez Palazzo, con la disidencia de su colega Gustavo Hornos, en un fallo que ahora la Corte dejó sin efecto, habían revocado todos los procesamientos dictados en primera instancia por los hechos que habrían dejado a Thales Spectrum una rentabilidad del 150%.
Todos los involucrados fueron procesados por "fraude a la administración pública por haber obligado abusivamente al Estado al haber dictado un marco normativo que le era favorable a incumplir" y sus bienes habían sufridos embargos que llegaban a los 200 millones de pesos.

 

Dictamen.
Sin embargo, Díaz y Ojeda y González Palazzo entendieron que "no estaba acreditada la configuración de la maniobra defraudatoria" a lo que la Corte replicó ahora que la "intervención de la Casación para revisar los autos de procesamientos dispuestos no estaba debidamente justificada".
Para los jueces del máximo tribunal, los sobreseimientos debían ser dejados sin efecto "porque habían sido dictados mediando una valoración arbitraria y parcial de las pruebas reunidas en el expediente y soslayando informes de la Auditoría y Sindicatura General de la Nación".
Según el dictamen del procurador Casal, los funcionarios públicos omitieron "controlar debidamente y aplicar los correspondientes procedimientos sancionatorios ante los incumplimientos de las prestaciones comprometidas por la empresa".
La Corte sostuvo finalmente que la Sala Cuarta había considerado arbitrariamente que la investigación se encontraba agotada y que debía sobreseerse a los imputados para resguardar su derecho a ser juzgados en un plazo razonable, lo que configuraba un apartamiento del deber que tienen los jueces de extremar la averiguación de los hechos para la justa decisión de la causa".
Por la revocatoria de los sobreseimientos votaron los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, en tanto sus colegas Enrique Petracchi y Eugenio Raúl Zaffaroni consideraron que los recursos eran "inadmisibles" y Carmen Argibay no firmó la resolución. (Télam)

 


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