Viernes 19 de abril 2024

Declaran delito de lesa humanidad la masacre del pabellón 7, ocurrida en 1978

Redacción 16/08/2014 - 04.07.hs

La Cámara Federal declaró como delito de lesa humanidad la masacre del pabellón 7 del penal de Villa Devoto ocurrida el 14 de marzo de 1978, cuando unos 64 detenidos murieron en un incendio durante una requisa del Servicio Penitenciario Federal.
La Sala I de la Cámara Federal aceptó a su vez como querellante a los abogados de familiares de víctimas y organizaciones de derechos humanos.
Los camaristas Eduardo Freiler y Jorge Ballestero consideraron que "ninguna duda cabe de que se trató de un ataque generalizado contra una población carcelaria que fue brutalmente agredida con deliberada intención, a la que se pretendió hacer pasar por victimaria", sostuvo Freiler en su voto.
"En este caso en particular, tal como ha sucedido en otras ocasiones, la complicidad de innumerables personas, ha impedido que, a pesar del tiempo transcurrido desde los sucesos, se cuente con las pruebas que permitirían reconstruir todos los aspectos penalmente relevantes del aparato de poder represivo, circunstancias que no impiden categorizar la pretensión de los denunciantes como delitos de lesa humanidad", agregó.

 

SPF.
La causa está en poder del juez federal Daniel Rafecas pues el Servicio Penitenciario Federal (SPF) estaba bajo la órbita del Ejército en la última dictadura militar, y él fue el magistrado a cargo de la megacausa por violaciones a los derechos humanos en el Primer Cuerpo del Ejército.
El SPF tenía "subordinación directa" al Ejército y cumplía normas que "permitieron que se generalizaran y se coordinaran las prácticas represivas que utilizaban las distintas Fuerzas Armadas en la época en que se perpetraron los hechos bajo análisis", indicó el fallo.
"Tampoco debe omitir mencionarse que, a partir de la investigación preliminar que se practicó en la sede de la Fiscalía y lo que surge del confronte de la causa que tramitó hace casi treinta años, se advierte, como lo hiciera Rafecas, una irregular y casi nula investigación sobre los hechos, extremo que, cuanto menos, amerita que se indague sobre las posibles responsabilidades de aquellos funcionarios que intervinieron en sede judicial", afirmó Freiler.

 

Víctimas.
Sobre las víctimas, el camarista remarcó que se hacía una categorización de "personas peligrosas" y en ellos se incluía "a cualquier individuo que desobedeciera una orden emanada de la autoridad, como indudablemente fue el caso de un interno, el Pato T., y posteriormente de toda aquella población carcelaria que se encontraba dentro del pabellón séptimo".
Ese fue el interno, según lo investigado, que se habría negado a apagar un televisor la noche anterior a los hechos: sus compañeros salieron en defensa cuando los penitenciarios intentaron sumariarlo y al día siguiente se inició la requisa que terminó con el incendio y las muertes. (NA)

 


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