Defensa cuestionó argumentos
Domingo 18 de febrero 2024

Defensa cuestionó argumentos

Redacción 10/10/2017 - 02.07.hs

La defensa de Milagro Sala recurrió ayer el fallo de la Cámara de Apelaciones de Jujuy que revocó la prisión domiciliaria de la líder de la organización Tupac Amaru por considerar que esa decisión representa "un patente caso de sentencia arbitraria".
"Los magistrados efectúan sucesivas citas de jurisprudencia obsoleta, o que no trata sobre el tema bajo estudio, y desconocen aviesamente la doctrina vigente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la cuestión a tratar", sostuvo en un comunicado difundido por Tupac Amaru.
Exponen que "lo resuelto por la Cámara no solo conlleva exponer al Estado argentino en una posición de responsabilidad frente al concierto de naciones, sino que implica poner en juego la vida y la integridad personal de Milagro Sala, mediante su traslado a un establecimiento en el que el máximo organismo internacional de derechos humanos ha dicho que corre riesgo su supervivencia misma",
La Cámara de Apelaciones de Jujuy revocó el 29 de septiembre último la prisión domiciliaria de Milagro Sala, dictada por los jueces Gastón Mercau y Pablo Pullen Llermanos, entre otros argumentos, por "no respetarse el principio de igualdad".
Así lo hizo al tomar argumentos planteados en su dictamen por el fiscal de Investigación Penal 1, Diego Cussel, al interponer una apelación contra lo determinado entre el 16 y 19 de agosto pasado.
"Tienen un profundo desconocimiento del derecho internacional", dijo la defensa sobre la resolución de los jueces Néstor Hugo Paoloni, Gloria María Mercedes Portal de Albisetti y Emilio Carlos Cattan, integrantes de la Cámara de Apelaciones.
En este sentido, la defensa de Sala adujo que los miembros del tribunal "confundieron a la CIDH (Comisión Interamericana de Derechos Humanos) con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que, si bien integran el sistema interamericano, tienen reglas y competencias diferentes".
"Pasaron por alto el rango constitucional de los tratados internacionales que son superiores a las leyes nacionales al analizar los requisitos que se deben cumplir para el otorgamiento de la detención domiciliaria", afirmó.

 

Cuestionamientos.
Entre otro de los cuestionamientos, la defensa sostiene que "utilizaron un concepto errado sobre el principio de igualdad respecto a otros detenidos con prisiones preventivas y, por último, protagonizaron un nuevo hecho de hostigamiento y violación del legítimo ejercicio al derecho de defensa".
A su vez, los abogados defensores denunciaron que la Cámara de Apelaciones puso en juego el debido proceso legal al no haber corrido vista a la defensa del recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal y sobre el que basaron el fallo, dejando de lado todos los planteos realizados por los abogados de la dirigente social.
Entre los primeros cuestionamientos, sostuvieron que "los jueces pasaran por alto el carácter obligatorio de las resoluciones dictadas por la CIDH, tal como lo establece la Constitución Nacional, así como también la Carta de la Organización de los Estados Americanos (Carta OEA), la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y el Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Reglamento CIDH)", especificaron.
Además, recalcaron que de acuerdo a la doctrina vigente de la Corte Suprema "las resoluciones de la CIDH son obligatorias".
Al fundamentar sus planteos, los magistrados citaron el fallo Fontevecchia, "que nada tiene que ver con el caso de Milagro Sala, por dos razones", sostuvieron los letrados.
"En primer lugar porque allí se trata de una resolución de la Corte IDH y no de la CIDH. Y en segundo lugar, porque en 'Fontevecchia' la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) establece que las resoluciones de los organismos internacionales son obligatorias, pero que no pueden revocar fallos de la CSJN", añadieron. (Télam)

 


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