Jueves 11 de abril 2024

Fallo contra la integración

Redacción 20/11/2015 - 04.25.hs

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró ayer la inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley del Consejo de la Magistratura que redujo de 20 a 13 su número de miembros, promulgada en febrero de 2006 y avalada por la justicia de primera instancia, que ese mismo año rechazó un recurso de amparo presentado por el Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires.
En el fallo ocurrido a casi 10 años de la promulgación de la ley, se aclaró que tendrá validez todo lo hecho por el Consejo de la Magistratura desde que comenzó a funcionar con su actual composición hasta que la decisión judicial quede firme.

 

Recurso de amparo.
La sala II del Tribunal de Apelaciones del fuero revocó un fallo de primera instancia que había rechazado un recurso de amparo del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y resolvió "hacer parcialmente lugar a la acción" de amparo "declarándose la inconstitucionalidad" del artículo 1 de la ley 26.080, según el fallo firmado por los camaristas Luis Márquez y José Luis López Castiñeira.
"Encontrándose debidamente invocado y acreditado que la composición establecida por la ley 26.080 vulnera el equilibrio establecido por el artículo 114 de la Constitución Nacional al posibilitar el ejercicio de un ostensible predominio por parte del estamento político respecto de los restantes sectores representados, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 1º de dicha norma", concluyó el fallo que podrá ser apelado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Los camaristas aclararon que "respecto de aquellos puntos regidos por el precepto declarado inconstitucional e inaplicable, se deja específicamente establecido que, a partir del momento en que el presente pronunciamiento quede consentido o ejecutoriado, recobrará vigencia el régimen anterior previsto en la ley 24.937 y su correctiva -ley 24.939- debiendo en consecuencia, adoptarse a partir de dicha data, las medidas tendientes a completar la integración" del Consejo".
Por otro lado rechazaron declarar la inconstitucionalidad de los artículos 2, 3, 6, 7, 21, 22, 23 y 24 de la ley 26.080, algo que había pedido también el Colegio de Abogados.

 

Ley.
La ley 26.080 sancionada en el 2006 tras una iniciativa de la actual presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner cuando era legisladora redujo de 20 a 13 miembros la composición del cuerpo que elige a los jueces y vela por su conducta.
De esta manera el Consejo quedó integrado por tres jueces, seis legisladores, dos abogados, un representante del Poder Ejecutivo Nacional y uno del ámbito académico y científico.
Además se fijó en siete miembros el quórum necesario para sesionar en decisiones que pueden adoptarse por mayoría absoluta de los presentes, salvo que cuando por ley se requiriera mayoría especial. (Télam)

 


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