Martes 26 de marzo 2024

La Cámara rechazó denuncia de Nisman contra la Presidenta

Redacción 27/03/2015 - 04.20.hs

La Cámara Federal porteña desestimó ayer la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman contra la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y otras personas, por un supuesto encubrimiento a los ciudadanos iraníes sospechados de haber participado de atentado contra la mutual israelita Amia, de 1994.
En un fallo dividido, en el que los camaristas de Jorge Ballestero y Eduardo Freiler rechazaron la existencia de delito y Eduardo Farah pidió dar curso a la investigación, la Sala I del tribunal convalidó el fallo de primera instancia del juez federal Daniel Rafecas, quien en febrero rechazó investigar la denuncia aduciendo que carece de sustento.
Se trata del mismo tribunal que hace poco menos de un año declaró la inconstitucionalidad del Memorándum de Entendimiento firmado entre Argentina e Irán, ratificado por el Congreso argentino mediante la ley 26.843, pero recurrido ante la justicia por la AMIA, con el respaldo de Nisman, en una causa que ahora debe resolver la Cámara de Casación.
"El cierre de este proceso muy distante está de significar la clausura de la investigación por el caso AMIA, del mismo modo en que la declaración de inconstitucionalidad del Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán, solicitada por las mismas instituciones de la comunidad israelita, lejos estuvo de implicarlo", sostuvo en la fundamentación de su voto el camarista Ballestero, quien llevó la voz cantante en desestimar la denuncia de Nisman.

 

Voto.
En una resolución de 77 carillas, Ballestero, Freiler y Farah expusieron su voto de manera individual fijando su posición frente al fallo de Rafecas, pero también sobre las acusaciones que Nisman presentó el 14 de enero, en medio de la feria judicial, ante el Juzgado Federal 4, a cargo de Ariel Lijo.
La jueza de feria María Servini de Cubría rechazó habilitar entonces el expediente y al fin del receso, el magistrado Ariel Lijo también rehusó tomar la denuncia por entender que correspondía a hechos de encubrimiento distintos de los que él investigó, y por los cuales envió a juicio oral el ex presidente Carlos Menem, al ex juez Juan José Galeano y a ex jefe de la Side, Hugo Anzorregui, entre otros.
La Cámara Federal contrarió en ese momento la aspiración de Nisman y abrió otro expediente, que quedó a cargo del juez federal Daniel Rafecas, quien en su fallo del 26 de febrero pasado rechazó investigar la denuncia de Nisman.

 

Ningún elemento.
El juez sostuvo entonces que "no hay un solo elemento de prueba, siquiera indiciario" que permita suponer que el Gobierno urdió un plan criminal para encubrir a los iraníes denunciados por el atentado a la Amia de 1994.
Además de acusar a la Presidenta, Nisman denunció por un supuesto "plan criminal de encubrimiento por favorecimiento personal agravado" al canciller Héctor Marcos Timerman; al diputado Andrés Larroque, y a Luis D'Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro 'Yussuf' Khalil, al ex fiscal Héctor Luis y al falso espía Ramón "Allan" Bogado.

 

Apelación.
Tras el nuevo revés de la denuncia de Nisman, sostenida en primera instancia por el fiscal Gerardo Pollicita, el fiscal de Cámara, Germán Moldes, podría apelar la decisión ante Casación.
En su voto, Ballestero reivindicó la declaración de inconstitucionalidad del Memorandum por la Sala I de la Cámara, pero recordó que en el trámite de ese amparo presentado por la AMIA con respaldo de Nisman "nadie habló de delito, tan sólo de incorrecciones" en relación a la Constitución Nacional.
"El Memorándum de Entendimiento pudo ser un fracaso para la diplomacia argentina, un error para los anales legislativos, una desilusión para quienes creyeron ver en su texto el avance de la Investigación por el atentado, pero de allí a ver forjado en él un maquiavélico plan por encubrir a los responsables de las cientos de víctimas de la voladura de la AMIA existe un abismo", sostuvo el camarista.
Según su voto, al que Freiller adhirió con matices, ninguno de los elementos aportados en esta causa cumple con una exigencia probatoria mínima: ni las declaraciones encontradas, ni las escuchas recortadas, ni los discursos contradictorios. (Télam)

 


' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?