Martes 26 de marzo 2024

La Justicia declaró ilegales los operativos de De la Sota

Redacción 22/05/2015 - 04.27.hs

En paralelo a que el gobernador José Manuel de la Sota lanzó el miércoles su plan "Córdoba más segura", el juez de Control Gustavo Reinaldi aceptó el hábeas corpus colectivo presentado contra los operativos policiales de saturación de inicio de este mes.
Además, le entregó una guía de pautas al jefe de policía para que reparta entre la fuerza junto con la sentencia.
Reinaldi hizo lugar a la presentación del docente coordinador del programa Ética y Teoría Política de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), Hugo Seleme, para que "cese la posible amenaza a la libertad ambulatoria" que, a su entender, provocan los procedimientos policiales masivos ordenados por el Ejecutivo provincial.
Durante sus anuncios, sobre la incorporación de más móviles policiales y más efectivos, De la Sota afirmó: "Los derechos humanos que tenemos que proteger son los de la gente de bien".

 

Violación de normas.
El juez no avanzó sobre la constitucionalidad (o no) del Código de Faltas -aunque planteó que es "innegable" la necesidad de reformarlo-, sino que exhortó a la policía a no violar las normas. En la resolución, que tomó después de recibir información oficial sobre las razias en una docena de barrios el 3 y 4 de mayo, enfatiza que no están "especificadas" las causas de las detenciones y que es obligación individualizarlas.
Determina que, en lo sucesivo, ésa debe ser la manera de informar por parte de la policía.

 

"Falta grave.
Entre los datos que recibió, se consigna que hubo 341 arrestos de mayores y 109 de menores de edad. Sobre ese punto subraya como "falta grave" que no se los pusiera a disposición de los tribunales específicos ni tampoco la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia.
Reinaldi reclama al jefe de policía, Julio César Suárez, que haga "conocer a todo el personal" que "la privación de la libertad sólo procede con carácter excepcional y cuando resulte absolutamente necesaria".
En el protocolo establecido por el magistrado se indica, por ejemplo, que no llevar el DNI no es una falta, porque no hay ninguna norma que obligue a hacerlo; que detener o demorar a una persona por averiguación de antecedentes es absurdo porque los medios tecnológicos actuales permiten resolver la cuestión en minutos y que caminar entre los autos, desviar la mirada si lo para la policía o caminar en actitud sospechosa no fundamentan la acusación por "merodeo".
En diálogo con LA NACION, Seleme señaló que la guía desarrollada por el juez es "muy útil" y reivindicó que en la sentencia haya referencia a una condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la Argentina en 2011 por algunas de las figuras del Código de Faltas de Chubut que es "muy similar" al de Córdoba.
Seleme admitió que su presentación coexiste con las movilizaciones de otros sectores de la comunidad que reclaman más presencia policial: "Efectivamente, hay una parte de la población atemorizada, dispuesta a pedir que se use cualquier medio para tener seguridad. El mismo juez menciona que es inadecuado que las políticas de seguridad se basen en el temor". (NA)

 


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