Lunes 25 de marzo 2024

Orden contra prepaga

Redacción 20/04/2015 - 04.05.hs

La Justicia ordenó a una empresa de medicina prepaga continuar la cobertura a un paciente con el virus de la inmunodeficiencia humana que no había declarado en su afiliación su enfermedad, por entender que cancelar el contrato, como había hecho la firma, implicaba un grave riesgo para su salud y la de su familia.
El fallo fue dictado por la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal en el marco de una medida cautelar solicitada por el afectado mientras se analiza si hubo un engaño a la empresa. Como la empresa no apeló, indicaron fuentes judiciales citadas por el portal judicial El Dial, la cautelar quedó firme y el paciente y su familia tiene cobertura hasta que se decida la cuestión de fondo.
El fallo analiza el caso de la empresa (Omint) que rescindió el contrato de afiliación a un paciente que padece VIH, ante su omisión de consignar en la "Declaración Jurada de Antecedentes de Salud" el padecimiento de dicha enfermedad preexistente.
Ante el riesgo que la falta de cobertura implica para el estado de salud del paciente, la sentencia admite la reincorporación del actor y su grupo familiar al plan de salud contratado. (DyN)

 


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