Lunes 22 de abril 2024

Piden revocar la condena

Redacción 29/04/2017 - 01.48.hs

La Fiscalía 4 ante la Cámara Federal de Casación Penal, a cargo de Javier De Luca, dictaminó ayer que debe revocarse por "arbitraria" la condena a Milagro Sala a tres años de prisión en suspenso por el "escrache" de 2009 contra el entonces senador y actual gobernador, Gerardo Morales.
El fiscal también solicitó que se declare nula la acusación de la querella que representa a Morales y adelantó que denunciará por falso testimonio a dos de los testigos.
En otro dictamen anterior, De Luca había desistido del recurso de casación interpuesto por el fiscal de la instancia anterior por el cual solicitaba que se revocase parte de la sentencia que declaraba prescripto el delito de amenazas contra Morales, por el cual Sala había sido absuelta.
Ahora, en este segundo dictamen, De Luca se limitó a emitir opinión sobre los recursos presentados por las defensas de Sala, de los cooperativistas Graciela López y Gustavo Salvatierra, y el de la querella del gobernador Morales.

 

Testigos.
En primer término, la fiscalía cuestionó la "verosimilitud y credibilidad" de los únicos testigos que le atribuían a Sala haber instigado la realización de los daños ocurridos en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy, donde Morales participaría de una conferencia.
En este sentido, remarcó que los testigos habían mentido sobre diferentes aspectos relativos a su relación con la parte querellante, informó el sitio oficial del Ministerio Público Fiscal.
Particularmente, De Luca sostuvo que habían mentido al negar que el único testigo de cargo, Arellano, trabajaba para la Gobernación de Jujuy, en tanto se produjo un informe del Poder Ejecutivo provincial que confirmó su designación y relación laboral poco tiempo antes de la iniciación del debate oral.
Además, señaló que René Orlando Arellano había mentido al negar que se había comunicado con el abogado de la querella antes de su declaración, lo cual estaba probado por informes.
De Luca resaltó también que el testigo había elaborado un relato mendaz respecto de cómo había llegado a contactarse con el abogado de la querella: para la fiscalía, estas falsedades restaban verosimilitud a sus dichos y permitían sospechar que él y su pareja habían incurrido en el delito de "falso testimonio" para perjudicar a los imputados a cambio de alguna clase de beneficio.

 

Delito.
Seguidamente, el fiscal sostuvo que de las declaraciones prestadas por Arellano y Cristina Noemí Chauque durante el debate no surgía que Milagro Sala hubiese instigado a delito alguno, pero que por esa razón el Tribunal recurrió a la incorporación por lectura de declaraciones prestadas durante la instrucción de donde sí surgía tal circunstancia, todo ello en violación a lo dispuesto por el artículo 391 del Código Procesal Penal y de las garantías de defensa en juicio e imparcialidad.
Sala se encuentra detenida desde enero de 2016 en el penal de Alto Comedero. (NA)

 

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