Miércoles 20 de marzo 2024

Represor seguirá en la cárcel

Redacción 31/10/2018 - 00.26.hs

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó ayer , por mayoría, la prisión domiciliaria que había sido concedida al represor Miguel Etchecolatz en dos causas por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura.
Las resoluciones fueron firmadas por los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, mientras que el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia en ambas causas por considerar que los recursos de queja presentados por el Ministerio Público Fiscal eran "inadmisibles".
El pronunciamiento de mayoría siguió la línea jurisprudencial del fallo "Bergés" en 2016: allí la Corte remarcó que la decisión relativa a la detención domiciliaria debe ser precedida ineludiblemente por informes del Cuerpo Médico Forense "porque su imparcialidad está garantizada por normas específicas" y que las conclusiones de estos informes deben poder ser controladas por las partes.
En marzo pasado, Etchecolatz fue trasladado nuevamente al Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza luego de pasar un tiempo con prisión domiciliaria en su casa del barrio Bosque Peralta Ramos, en la ciudad de Mar del Plata.
El ex policía había accedido a ese beneficio en diciembre del 2017, pero la Justicia revocó la medida, en medio de protestas por parte de los vecinos de esa zona.
Etchecolatz, de 89 años, fue jefe de Investigaciones de la Policía Bonaerense durante el gobierno de facto de Ramón Camps y se lo señala como el director de 21 campos de detención clandestinos.
Tras el retorno de la democracia, el represor fue condenado en siete ocasiones por múltiples delitos de lesa humanidad, entre ellos por robo de bebés, secuestros, torturas, asesinatos y desapariciones.

 

Prisión domiciliaria.
Por otra parte, el Tribunal Oral Federal 5 de la Ciudad de Buenos Aires habilitó a los represores condenados por crímenes en la Escuela de Mecánica de la Armada Juan Arturo Alomar y Guillermo Pazos a cumplir en sus respectivos domicilios las condenas que recibieron a fines del año pasado por delitos de lesa humanidad.
Alomar, de 70 años, condenado a trece años de cárcel, se le permitió cumplir la condena en su casa de Bahía Blanca, junto a su esposa Adriana Bilbao, debido a que la mujer presenta un trastorno depresivo.

 

Alomar.
Según publicó el diario Página 12, los informes médicos presentados señalaron que la mujer presenta un trastorno depresivo y que es "muy vulnerable al estrés" lo que se incrementa "luego de cada viaje a Buenos Aires para visitar a su cónyuge".
De acuerdo con el criterio de los magistrados, Bilbao "requiere, para estabilizarse, de efectiva contención y acompañamiento de su esposo" y esto a pesar de que el matrimonio tiene "numerosos hijos".
Los mismos se encuentran "imposibilitados de cuidar a su madre" por tener la mayoría sus respectivas familias, indicó la resolución.

 

Pazos.
En el caso de Pazos, los jueces, sumado a Leopoldo Bruglia, votaron por el otorgamiento del beneficio, que encuentra su justificación en la edad "avanzada" y algunos problemas de salud.
Pazos tiene 73 años y, si bien tal como lo apuntan los jueces en su resolución, "de la junta médica practicada no se desprende que su prognosis de vida se encuentre en riesgo, las condiciones en que se desarrollan las patologías que lo afectan dificultan en grado superlativo su vida de interrelación intramuros".
Pazos presenta "déficit de movilidad ocasionado por una afección en su rodilla derecha".
La situación, según entendieron, "afecta su dignidad al verse precisado de la permanente asistencia de otros internos para atender sus propias necesidades". (NA)

 

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