Lunes 15 de abril 2024

Senado aprueba el nuevo Código Civil

Redacción 29/11/2013 - 03.30.hs

El proyecto de reforma de y unificación del Código Civil y Comercial que fue aprobado en la madrugada de ayer por la Cámara de Senadores aporta "importantes modificaciones" para la vida de los argentinos en diversos aspectos que van desde el matrimonio al divorcio, adopción y reproducción asistida, y hasta la defensa al consumidor.
El proyecto que deberá ser tratado ahora por la cámara de Diputados fue esbozado por el Poder Ejecutivo, junto con distintos equipos de juristas y legisladores y consta de 2.671 artículos.
Entre los aspectos destacados del nuevo Código, especialistas del ministerio de Justicia destacaron a Télam todo el trabajo realizado en torno a las cuestiones referidas a la familia y, en particular, el tratamiento que se le dio al matrimonio, donde se incluyeron los avances correspondientes a la Ley de Matrimonio Igualitario.
El nuevo Código "no discrimina entre varones y mujeres" a la hora de definir quiénes son los que pueden contraer matrimonio, tal como ocurrió con la sanción de la Ley 26.618 que permitió los matrimonios entre personas del mismo género.

 

Divorcio.
Sobre el divorcio, las fuentes consultadas en Justicia resaltaron que la nueva legislación "simplificará los trámites" al no establecer requisitos temporales y determinar que pueda iniciarse "sin más que el pedido de uno o de ambos cónyuges".
El nuevo Código, indicaron, también actualiza la legislación referida a la reproducción humana asistida al regulara expresamente "el consentimiento previo, informado y libre; los requisitos del procedimiento a emplear, la prevalecía de la voluntad procreacional; y la equiparación de la filiación por dicho medio de reproducción humana con la natural y la adoptiva plena".

 

Adopción.
Otro de los puntos que destacaron del nuevo Código es el referido a la adopción, ya que consideraron que tiende a simplificar el régimen jurídico actual al dar prioridad al interés del niño por sobre el de los adultos.
En el nuevo texto reduce los plazos para la tramitación y dictado de resoluciones en materia de adopción. Por ejemplo, se establece un plazo máximo de 90 días para que el juez decida sobre la situación de adaptabilidad del niño.

 

Derechos del niño.
En cuanto a los derechos del niño, niña o adolescente, se incorpora el derecho a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta según su edad y grado de madurez, a la identidad, a conocer sus orígenes, a la preservación de los vínculos fraternos.
Otra de las figuras destacadas del nuevo Código es la de la "Unión Convivencial" referida a la unión de dos personas, sin importar su género, basada en el afecto, la convivencia y la decisión de compartir un proyecto de vida en común.
El nuevo Código legisla también sobre asuntos patrimoniales y sobre las relaciones entre deudores y acreedores, como así también la situación de los consumidores de bienes y servicios y sus derechos.

 

Defensa al consumidor.
En términos de defensa al consumidor, desde el ministerio de Justicia remarcaron que el nuevo código introduce pautas de interpretación, tanto de las normas como de las disposiciones contractuales, que favorecen a los consumidores, así como el deber de trato digno y no discriminatorio y "la defensa contra las prácticas abusivas por parte de quienes tienen una posición dominante en el mercado".

 

Sucesiones.
En materia de sucesiones, se aumenta la porción disponible de la herencia: en caso de tener descendientes, se puede disponer de hasta un tercio del valor de los bienes (en lugar de un quinto); si hay ascendientes, se puede disponer de la mitad (en lugar de un tercio). (Télam)

 


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