Martes 23 de abril 2024

Cinco condenas por violencia de género

Redacción 07/07/2015 - 03.45.hs

La Justicia local dictó cinco sentencias condenatorias por casos de violencia de género. Tres fueron firmadas por el juez de control Néstor Ralli y las otras dos restantes por sus pares Mauricio Piombi y Fernando Rivarola; en todos los casos se trató de juicios abreviados y en dos, se dispusieron penas unificadas y de efectivo cumplimiento.
Piombi condenó a Daniel Alberto Navarrete a dos años de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de privación ilegitima de la libertad cometida con violencia en concurso ideal con amenazas calificadas por el uso de armas. Además, le unificó esa pena con otra anterior a un año y tres meses en suspenso -cuya condicionalidad había sido revocada el 8 de junio de este año por el juez de ejecución, Martín Saravia- que le habían dictado el 18 de noviembre de 2014, a una pena única de dos años de prisión efectiva.
La resolución contra Navarrete, un albañil de 23 años, fue consecuencia de un pedido de juicio abreviado rubricado por el fiscal Marcos Sacco, la defensora particular Mariame María Elisa y el propio imputado, quien admitió la autoría de los hechos y la pena a imponerle.
El 30 de mayo pasado, Navarrete fue al domicilio particular de su ex pareja, y luego de una discusión, el imputado tomó un cuchillo de cocina, y mientras realizaba ademanes le manifestó a la víctima: "quedate callada porque sino te mato". Su ex pareja permaneció en la habitación "para evitar ofuscar aún más a Navarrete", señaló el fallo.
Tres horas después, la mujer se dirigió al patio interno de la vivienda y Navarrete la persiguió, la tomó del cabello y la ingresó nuevamente a la morada, donde continuó insultándola y amenazándola de muerte mientras tenía el cuchillo en su poder; impidiéndole salir del lugar. El imputado se fue casi a la medianoche cuando llegó el hermano de la denunciante.

 

Unificada.
El juez Ralli, en tanto, condenó a Carlos Emanuel Brilz, un albañil de 27 años, a ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento por ser autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en concurso real con daño simple. A su vez le unificó esa pena con otra anterior a seis meses en suspenso, que le había impuesto la jueza Mónica Rivero el 5 de agosto de 2013.
Los hechos que llevaron a este desenlace ocurrieron el pasado 6 de junio, a la noche, cuando Brilz llegó hasta la casa de su ex pareja para retirar al hijo que tienen en común y, luego de una discusión, "comenzó a insultarla arrojándole manotazos, procediendo a dañar completamente una computadora de escritorio". Posteriormente siguió a la denunciante "hasta el exterior de la vivienda, la tomó de los cabellos, propinándole golpes de puño sobre el rostro, y provocando que se desvaneciera en el piso".
En ese momento intervino una vecina y el hombre se fue del lugar. La víctima sufrió contusiones y hematomas en la región parietal izquierda, en el pómulo derecho y en el cuero cabelludo.
Ralli, en la resolución, dejó sentado que en su opinión "la pena única acordada es escasa", aunque recordó que el Código Procesal Penal de La Pampa le prohíbe, en estos casos, fijar sanciones más graves a las solicitadas por el Ministerio Público Fiscal.

 

Suspenso.
El mismo magistrado condenó a Alberto Fabián Sosa a seis meses en suspenso por amenazas simples en dos oportunidades, en concurso real y le impuso, por el término de dos años, la obligatoriedad de cumplir con una serie de reglas de conducta. Sosa tiene 42 años y es oriundo de Mendoza.
En su tercera sentencia, Ralli condenó a Mario Juan Carlos Pracilio a seis meses de prisión en suspenso por ser autor del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja. Pracilio, un comerciante de 35 años, el 8 de marzo de 2014 fue hasta la casa de su ex pareja, y luego de una discusión, intentó ingresar a la casa. Cuando la mujer buscó impedirlo, él la apretó contra la puerta, causándole una herida en la mano derecha y luego la golpeó en la cabeza.
Finalmente, Rivarola condenó a Luis Alberto Beliz a ocho meses de prisión de ejecución condicional, por resultar autor material de los delitos de amenazas simples y lesiones leves calificadas por la relación de pareja, Al gasista de 44 años le impuso reglas de conducta por el plazo de dos años.
La Justicia dio por probado que el 29 de diciembre pasado, en horas de la noche, Beliz estaba en la casa de su ex pareja. La mujer dijo que esa vez se salvó de que le pegara porque estaba el hijo de ambos. A su vez, el 4 de mayo del año pasado, Beliz fue hasta el domicilio de su ex pareja, "la tomó del cuello, la arrojó al piso y le metió los dedos en la boca, provocándole excoriaciones múltiples cervicales en cara lateral y anterior, un gran hematoma en el maxilar inferior derecho y una herida contusa desgarrada en la región interior del labio inferior izquierdo".

 


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