Domingo 14 de abril 2024

Desaguadero: la Corte definirá sobre el comité

Redacción 13/11/2016 - 00.35.hs

La Procuración General dictaminó que la Corte Suprema debe resolver la conformación del comité de cuenca del Desaguadero ante un amparo de La Pampa contra la Nación para que convoque a las provincias involucradas.
La Procuración General de la Nación dictaminó que la Corte Suprema de Justicia debe decidir sobre el amparo presentado por el gobierno de La Pampa para que se conforme el comité de cuenca del río Desaguadero-Salado-Chadileuvú-Curacó, al que además reconoce como una cuenca y no como un sistema hídrico, como plantea Mendoza en la discusión en el Comité Interjurisdiccional del Río Colorado (Coirco), en el marco de la negociación política que por ahora no arrojó resultados positivos.
El dictamen del 5 de septiembre fue firmado por Laura Monti en la causa "Provincia de La Pampa contra Estado Nacional sobre amparo ambiental", donde el gobierno provincial solicitó a la Nación que convoque a las provincias de Catamarca, La Rioja, San Juan, Mendoza, San Luis, Río Negro, Buenos Aires y Neuquén, para integrar el comité de cuenca hídrica de la cuenca Desaguadero-Salado-Chadileuvú-Curacó-Colorado, en el plazo de 10 días, enmarcándose en distintas legislaciones nacionales como la Ley 25.675 General del Ambiente y 25.688 del Régimen y Gestión Ambiental de Aguas.
Este planteo, donde la Corte deberá intervenir para conformar el comité de cuenca, va por una vía paralela a la política que tomó relevancia en la última semana, cuando se frustró la reunión del Coirco ante la resistencia de Mendoza a formar el comité. Sin embargo, ahora el gobierno nacional convocó a las provincias para el martes 28 de noviembre para avanzar en la constitución del comité de cuenca que maneje las aguas del Desaguadero. Después de aquel encuentro, el gobernador Carlos Verna dijo que existió cierta "connivencia" entre la Nación y Mendoza contra los intereses de La Pampa.
El dictamen favorece de alguna forma a La Pampa ya que reconoce al río Desaguadero como parte de una cuenca integral e interprovincial y no como un sistema hídrico como plantea Mendoza, queriendo significar que se trata de un cauce que en forma esporádica tiene agua. El gobierno pampeano pretende que sea considerada una cuenca porque está unida y trabaja en forma conjunta con todas las provincias involucradas y con caudal permanente.

 

Los argumentos.
Según la Procuración, La Pampa argumentó que "al producirse la crecida de las aguas en el período de deshielo de la Cordillera de los Andes, a partir aproximadamente de los meses de octubre y noviembre de cada año, las provincias aguas arriba deciden, en forma unilateral, 'acopiar' el agua de esas crecidas, produciendo esto un daño y desequilibrio ambiental en La Pampa, que se encuentra aguas abajo, lo cual lesiona, restringe, altera y amenaza, con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, su derecho al agua".
En cambio, se informó, "esto debe ser decidido por el Estado Nacional con todas las provincias que integran la cuenca, en el ámbito del comité de cuenca, y las resoluciones de organismo deben ser de carácter vinculante en relación utilización de dichas aguas interjurisdiccionales" e indicó "que esta cuenca interprovincial es la de mayor extensión de la Argentina, la cual es por naturaleza una cuenca exorreica -que transporta sus aguas al Océano Atlántico a través del río Colorado- pero que durante el siglo XX se ha transformado transitoriamente en una cuenca endorreica por las obras hidráulicas inconsultas (grandes diques) que han realizado San Juan y Mendoza aguas arriba, lo que ha producido la lenta y escasa afluencia de los ríos aguas abajo y contaminación por salinización, ocasionando serios daños ambientales, sociales y económicos en La Pampa".
También se afirmó desde el gobierno que sus reclamos "son históricos e innumerables por el uso y aprovechamiento de estas aguas interjurisdiccionales, con inicio en la década del '40. Es por eso que promueve esta acción, puesto que agotó todos los caminos administrativos e institucionales para la creación del comité de cuenca, sin que ello aún se haya logrado y ante la indiferencia del gobierno nacional y de las otras provincias que integran la cuenca".
"Arguye que responsabiliza al Estado Nacional, en particular, al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda -Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable y Subsecretaría de Recursos Hídricos-, pues tiene la obligación de aplicar los principios de congruencia, prevención, precautorio, de equidad intergeneracional, progresividad, responsabilidad, sustentabilidad, cooperación y solidaridad en la materia objeto de la litis, con base en la ley nacional 25.688 de Gestión de Aguas, y los artículos 99, incisos l° y 2°, de la Constitución Nacional y 5° del decreto 13/15 y el decreto 1142/03".

 

La resolución.
"A mi modo de ver, entiendo que el proceso corresponde a la competencia originaria de la Corte. En efecto, en primer lugar, ello es así en razón de las personas, dado que el pleito se suscita entre la Provincia de La Pampa como actora -a quien le concierne la competencia originaria de la Corte, de conformidad con el artículo 117 de la Constitución Nacional- y el Estado Nacional como demandado -con derecho al fuero federal- y esa es la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales, sustanciando la acción en esta instancia originaria. Pero también lo es en razón de la materia, pues se pretende tutelar un recurso de carácter interjurisdiccional, la Cuenca Desaguadero-Salado-Chalideuvú-Curacó-Colorado", indicó la Procuración.

 

También debe resolver la CSJN.
Según un dictamen de la Procuración General, del 18 de octubre, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)
debe resolver las demandas presentadas por las provincias de Buenos Aires y Río Negro contra La Pampa para que proceda al cierre del bañado Curacó, conocido como el Tapón de Alonso, y evitar así la contaminación ambiental del río Colorado, como argumentan los demandantes. Las presentaciones fueron realizadas por la negativa del gobierno pampeano de cerrar el Tapón, con lo que podría originarse un serio problema ambiental para el Colorado, a partir de la salinización.
El Tapón de Alonso es un dique levantado en su momento por La Pampa en cercanías de Puelches para contener toda el agua salinizada de las cuencas del Salado y del Atuel, y evitar que, a través del río Curacó, lleguen al Colorado. El conflicto ahora se da porque las aguas del Curacó escurren hacia el Colorado, lugar en el que se salinizan poniendo en riesgo no sólo el consumo humano, sino a toda la producción de la zona.
En su resolución, la Procuración planteó que la cuestión es competencia de la Corte porque se trata de un "pleito" entre provincias, "en tanto se encuentra en juego la protección y preservación de un recurso de carácter interjurisdiccional, la Cuenca Desaguadero-Salado-Chalideuvú- Curacó-Colorado".
"No obstante, la actora somete el conocimiento de la controversia a la Corte en los términos de la Constitución Nacional, que dispone un mecanismo especial de solución de conflictos, confiriendo expresamente al más alto Tribunal la potestad de dirimir quejas interprovinciales, convirtiéndolo, de ese modo, en un órgano de conciliación, con amplias facultades para determinar el derecho aplicable, a fin de garantizar la paz interior, constituir la unión nacional y promover el bienestar general", indicó.

 

Los argumentos.
En la demanda, Buenos explicó que "La Pampa, al derivar caudales con alta salinidad no autorizados al río Colorado, viola los principios de debida diligencia, buena fe y pacta sunt servanda al incumplir con el "Acta Acuerdo" celebrada entre las provincias de Buenos Aires, Río Negro y La Pampa, por la que se acordaron las descargas de los ríos Desaguadero-SaladoChadileuvú-Curacó en el río Colorado, la que fue sus cripta con fecha 28 de junio de 1985, y los compromisos asumidos en consecuencia".
Aduce que "el comportamiento de la demandada afecta también los derechos a equilibrado y acceder al agua vivir en un ambiente sano potable de los consumidores y productores agrícolas de la región, puesto que producirá indefectiblemente la llegada de aguas con una elevada salinidad al río Colorado, alterando la calidad del agua del río y produciendo su contaminación". Buenos Aires, al igual que Río Negro, pidió una medida cautelar para que La Pampa en forma urgente cierre el Tapón de Alonso para que no pase agua del Curacó al Colorado.

 


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