Lunes 22 de abril 2024

Difunden un instructivo para pago en disconformidad

Redacción 07/06/2016 - 01.29.hs

Un grupo de vecinos autoconvocados que rechaza el tarifazo en la factura del gas natural difundió en las últimas horas un instructivo para efectuar el pago de la boleta en disconformidad y reclamar luego la devolución de los importes mal facturados.
Según el documento, los usuarios de nuestra ciudad deben abonar las facturas en el último vencimiento, haciéndolo en la delegación local de Camuzzi Gas Pampeana, en avenida España, casi Luro. Al hacerlo deben dejar escrito sobre la factura, en forma manual, la leyenda "Pago en disconformidad" poniendo firma y DNI donde se encuentran los conceptos e importes facturados. Una vez efectuado el pago, se debe hacer un reclamo a Camuzzi, presentando una nota, a la cual se adjunta la fotocopia de la factura abonada.
La nota deben realizarla por duplicado, para llevarse una que contenga el sello poniendo la fecha y la firma o sello de quien la recibe.
Respecto al texto de la nota de reclamo, el mismo debe tener un encabezado con el lugar y fecha (Santa Rosa, día, mes y año), debe ser dirigido a "Sres. Distribuidora de Gas Pampeano Camuzzi SA. Santa Rosa - La Pampa" y debajo el detalle de "Referencia Usuario/Cuenta Nº" y "Factura Nº".
Una vez realizado el encabezado, la nota debe decir: "En mi calidad de titular del servicio de gas correspondiente a la Factura y Cuenta de Referencia, vengo por el presente, conforme a lo dispuesto por el tercer párrafo del art.31 de la Ley 24240 (Texto según Ley 26361) a presentar formal reclamo e impugnación de los incrementos tarifarios liquidados en la Factura cuya copia adjunto por resultar el mismo manifiestamente nulo, ilegítimo e inconstitucional. Se funda el rechazo en que se han violado los artículos 4, 17 y 75 inciso de la Constitución Nacional que estipulan que ninguna carga puede ser exigible sin la preexistencia de una disposición legal previa encuadrada dentro de los preceptos legales vigentes que autorizan los incrementos sólo previa audiencia pública, por lo que la Autoridad que lo dispuso (Ministerio de Energía y Enargas) constitucionalmente no se hallan investidas de tales atribuciones".
En el párrafo siguiente, el texto continúa con la intimación: "Por consiguiente les intimo a que se me devuelvan los importes correspondientes liquidados en más y los que en el futuro afecten a nuevos consumos, haciendo reserva de las acciones legales y judiciales que hagan a la defensa de mis derechos."

 

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