Duro cuestionamiento oficial a la orden de desalojar calabozos
Miércoles 13 de marzo 2024

Duro cuestionamiento oficial a la orden de desalojar calabozos

Redacción 21/08/2014 - 03.43.hs

El ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, Leonardo Villalva, cuestionó el fallo de la jueza de Control, María Florencia Maza, de inhabilitar las celdas de la Seccional Segunda y trasladar a los presos allí alojados, porque "vulnera competencias" y es un "peligroso precedente" a la división de poderes. Afirmó que la magistrada debió haberlo convocado a una audiencia previa antes de tomar una medida semejante e informó que ya se están realizando los cambios ordenados.
El ministro dijo al ser entrevistado por LA ARENA que "la medida en cuestión resultó sumamente sorpresiva ante la falta de una intervención previa de este ministerio en el planteo de fondo de la cuestión. Comprendemos la naturaleza 'inaudita parte' de un habeas corpus, no obstante ello, la misma no inhabilitaría a que se pudiera dar intervención a este ministerio a los fines de brindar a la jueza mayores precisiones que hubiesen permitido una decisión más integral".
La jueza Maza había inhabilitado la celda de la Seccional Segunda por considerar que los presos alojados allí estaban detenidos en "condiciones infrahumanas". Fue después de la presentación de una defensora oficial y varios abogados.
"En el fallo -continuó Villalva- se dispuso la inhabilitación y traslado de los alojados en la Seccional Segunda, cuando entendemos que lo correcto hubiera sido que se nos emplace, previa audiencia, en este caso a acondicionar los lugares de alojamiento que el fallo observa como no correctos. Esto lo dice inclusive la misma jurisprudencia citada en la resolución 'Verbitski s/habeas corpus'".

 

Intervención.
El funcionario consideró que de haberse dado entre otras cosas intervención al Poder Ejecutivo, "se le hubiera informado a la magistrada que nuestra policía está sumamente comprometida con la prevención del delito, teniendo altos índices de detenidos por delitos en in fragancia o de demora propias al accionar delictual". Por ese motivo, dijo el funcionario, las celdas son un "lugar de contención" de los detenidos hasta que se tome una decisión judicial y que por definición son "transitorios y dinámicos".
El ministro indicó que a una comisaría ingresan y egresan demorados permanentemente por lo que su situación es "más versátil" que una cárcel del Servicio Penitenciario. Por eso, aclaró "la situación desde el planteo de los defensores al momento de la inspección ocular de la magistrada había cambiado notablemente permitiendo observar solamente cuatro demorados, en lugar de los que habían mencionado los defensores", que eran doce.
"Más allá que esta situación de solamente cuatro demorados hubiera permitido declarar la cuestión judicial abstracta, estamos cumpliendo con la orden dispuesta desde la Justicia, encontrándose actualmente inhabilitada la celda de la Segunda y acondicionándola en lo pertinente", explicó.
Villalva aclaró que "muchas de las cuestiones observadas por el fallo son propias de la dinámica de ingreso y egreso de los ciudadanos que resultan demorados, muchos de los cuales presentan conductas antisociales al momento de ser aprehendidos, rompiendo vidrios para agredir o autoagredirse, o rompiendo los colchones ignífugos con que se cuenta. Similar consideración corresponde con la iluminaria de la celda que también resulta rota permanente. Con respecto a la comida, la misma es buena y si llega fría, según expresan los defensores, es porque es propia del traslado desde donde es hecha diariamente hasta las distintas comisarías. En este caso puntual se está analizando cómo 'calentarla' desde la comisaría para corregir la observación judicial".

 

Carencia.
El ministro indicó además que "ante la falta de intervención de este ministerio y la carencia de cierta información que hubiera solventado más aún el fallo del juzgador, la medida de inhabilitación resulta de un peligroso precedente, teniendo en cuenta que se podrían vulnerar los límites marcados en la Constitución en cuanto a competencia de poderes y del sistema republicano, ya que el Poder Judicial estaría haciendo un análisis de la oportunidad, mérito y conveniencia de los cursos de acción que son propios de este Poder Ejecutivo Provincial".
"Hubiese correspondido tal vez que en vez de inhabilitación, la orden judicial sería que el Poder Ejecutivo actúe dentro de su competencia, tome conocimiento de cuáles son la observaciones ordenadas por el Poder Judicial y dentro de sus facultades y conforme sus recursos y necesidades decida la resolución a tomar, ya que forma parte de sus funciones especificas", comentó.
"En definitiva, a futuro sería importante un trabajo de coordinación entre el órgano judicial que actúa de control y el órgano encargado de la administración y ejecución, a fin de no entorpecer las cuestiones funcionales y operativas propias del trabajo diario en materia de seguridad para la comunidad", finalizó.

 


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