Lunes 15 de abril 2024

Ebrio, chocó y mató pero no irá preso

Redacción 22/02/2017 - 01.59.hs

La jueza de control María Florencia Maza condenó ayer a Sergio Luis Villegas a tres años de prisión en suspenso y diez años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor por ser el responsable de ocasionar el siniestro vial en el que murió su pareja y por las lesiones que sufrió su hija de apenas 3 años.
El 13 de mayo del año pasado, cerca de las 22, Villegas circulaba al mando de su Renault 12 por la avenida Edison a una velocidad superior a la permitida legalmente y en estado de intoxicación alcohólica -según el alcohotest 1,28 gramos por litro de sangre-, y luego de trasponer la intersección con avenida Ameghino ingresó a la calle Lagos García, donde impactó con una camioneta Dodge que estaba estacionada. Como consecuencia del impacto perdió la vida su acompañante Micaela Joana Rodríguez, de 27 años, en tanto que su hija de tres años resultó lesionada.
La sentencia fue el resultado de un juicio abreviado que había sido acordado entre previamente entre la fiscala María Cecilia Martini, los defensores Paula Mariana Lastiri y Marcelo José Turnes y el imputado, un jornalero de 29 años sin antecedentes penales. La madre de la víctima, en representación de ella y de sus nietos menores, también prestó su conformidad al acuerdo.

 

Prohibido.
La legislación prohíbe conducir con una alcoholemia superior a los 500 miligramos por litro de sangre. "Villegas, al conducir en estado de ebriedad y a una velocidad superior a la permitida, violó los artículos 39 y 48 inciso a) de la Ley Nacional de Tránsito y de este modo provocó el siniestro, causando con su obrar imprudente y antirreglamentario, el deceso de quien en vida fuera Micaela Rodríguez y las lesiones en la niña", señaló la jueza.
"Nótese que surge de las probanzas analizadas, que el imputado conducía el vehículo con 1,28 gramos por litro de sangre, según el test de alcoholemia que se le realizó luego del accidente, es decir, con un grado de intoxicación alcohólica muy superior al límite permitido por la ley, haciéndolo en exceso de velocidad; siendo estas circunstancias, la causal por la cual no pudo, al ingresar a Lagos García, controlar el auto", agregó.

 

Otras obligaciones.
El abreviado incluyó la obligación de Villegas de cumplir con varias pautas de conducta durante tres años bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la sanción en caso de incumplimiento.
El condenado deberá fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin conocimiento o autorización de la autoridad judicial correspondiente y deberá someterse al cuidado y contralor de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal, organismo al que deberá comparecer con la frecuencia que éste determine.
Por otra parte, deberá abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas, debiendo someterse a un tratamiento en el grupo de Alcohólicos Anónimos, debiendo acreditar esta circunstancia mediante certificados pertinentes, hasta la obtención del alta respectiva.

 

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