Jueves 11 de abril 2024

El TIP confirmó condena a Jamad

Redacción 06/05/2015 - 00.49.hs

Luego de presentar un recurso de impugnación, el empresario José María Jamad finalmente cumplirá la pena impuesta en el juicio de 2014. El juez subrogante Carlos Besi no hizo lugar al pedido del acusado y confirmó la pena impuesta.
A mediados de junio del pasado año, se conoció la sentencia del juicio seguido contra José María Jamad, dueño de la pizzería La Posta y las panaderías El Abuelo Julio y Crocante, por la intoxicación con bromato de 57 personas. En aquella ocasión, se le impuso la pena de un año de prisión con costas.
Esa vez, el fiscal Jorge Marcelo Amado solicitó que Jamad sea condenado a un año de prisión efectiva por considerarlo responsable de que hubiera bromato -un aditivo que está prohibido- en los productos panificados que provocaron un brote de gastroenteritis en Santa Rosa en la primera semana de 2011.
La causa tuvo gran repercusión pública. Aunque en la acusación fiscal se habló de 57 casos constatados de gastroenteritis, el Ministerio de Salud había dado en esa época un número oficial más alto, 81. El envenenamiento culposo de sustancias de sustancias alimenticias, en esa ocasión por negligencia, está sancionado con entre seis meses y cinco años de prisión y una multa mínima de 5.000 pesos que Jamad ya abonó.

 

Cumplimiento.
El gran problema para él es que al tener una condena anterior en suspenso, la condena requería efectivo cumplimiento.
Por esa razón, interpuso un recurso de impugnación ante el Tribunal de Impugnación Penal, bajo el patrocinio del abogado letrado Marcos Paz.
En la etapa del juicio, Jamad había sido procesado por una figura más grave, que era envenenamiento doloso, es decir a sabiendas que los productos tenían bromato, pero luego el Tribunal de Impugnación Penal le suavizó la imputación al pasarlo a culposo.
Finalmente, y luego de la revisión de la sala "A" del TIP, integrada por los jueces Pablo Balaguer y Carlos Besi, se conoció en el día de ayer el fallo, que especificó "no hacer lugar al recurso de impugnación deducido por el defensor particular Marcos Paz y confirmando en consecuencia, la sentencia impuesta previamente".

 


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