Domingo 14 de abril 2024

El TIP ratificó dos condenas

Redacción 21/12/2014 - 00.52.hs

El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa no hizo lugar al pedido de las defensas de Néstor Fabián Bruno y Roberto Carlos Viana. Ambos, seguirán presos aunque este último con prisión domiciliaria.
El Tribunal de Impugnación Penal confirmó dos condenas por abuso sexual. Una contra Néstor Fabián Bruno, dictada el 8 de julio pasado por el Tribunal de Audiencia de General Pico, a seis años de prisión por abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de un hombre de 20 años.
La otra contra Roberto Carlos Viana, dictada el 15 de octubre por el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa, a cuatro años de prisión por abuso sexual en perjuicio de una menor. Ambos imputados permanecen detenidos, aunque Viana con el beneficio del arresto domiciliario.
Bruno es un albañil de 26 años. En su caso la resolución del TIP fue firmada por los jueves Pablo Balaguer y Carlos Flores. Ellos rechazaron el recurso de impugnación presentado por la defensa y ratificaron en un todo el fallo de los jueces piquenses Fabricio Losi, Florentino Rubio y Carlos Pellegrino.
El hecho investigado ocurrió en septiembre del año pasado, en General Pico, luego de una fiesta de cumpleaños donde hubo alcohol.
Durante el juicio, el tribunal también dio por acreditado que Bruno, antes de ese episodio, había cometido abusos reiterados contra la víctima, pero indicó que ellos quedarían impunes porque en esa época el agresor era inimputable ya que tenía menos de 16 años.
La defensa, en el recurso de impugnación, adujo que esos episodios anteriores no podían ser el sustento para acusar a Bruno de la presunta violación cometida en 2013, y agregó que ese abuso no fue acreditado ya que la única prueba válida era el relato del agredido. Incluso calificó su testimonio de "contradictorio y mendaz" y reafirmó la versión de Bruno de que las relaciones fueron consentidas.

 

Caso Viana.
Viana es un policía de 35 años que cursó dos años la carrera de abogacía. Su defensor es José Ramón Rodríguez y la sentencia condenatoria fue dictada por el juez Andrés Olié el 15 de octubre pasado. En este expediente, por el TIP, intervinieron los jueces Filinto Rebechi y Balaguer.
Viana fue condenado a cuatro años por abuso sexual simple, agravado por tratarse la víctima una persona menor de 18 años, como delito continuado.
Las "aproximaciones y tocamientos" contra la víctima se produjeron desde pequeña. El último hecho, que fue el que dio origen a la denuncia, ocurrió el 16 de octubre de 2013. En esa ocasión la resistencia de la menor frustró el cometido del imputado.
La defensa, en el recurso de impugnación, dijo que los dichos de la chica fueron confusos, que a su cliente no se le efectuaron exámenes médicos para acreditar rasguños y mordeduras en su cuerpo, y que la fiscalía no halló rastros genéticos de Viana en la cama (por ejemplo pelos).
Los jueces, en cambio, manifestaron que "los fundamentos vertidos (en la sentencia) fueron lo suficientemente idóneos como para arribar a una certeza respecto a la responsabilidad penal del imputado". Para ello se basaron en el relato que efectuó la menor ante la Cámara Gesell, al que calificaron de "fundamental", y en las conclusiones de la perito que habló de "un relato lógico".

 


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