Lunes 15 de abril 2024

Investigarán abusos sexuales

Redacción 31/08/2014 - 02.19.hs

La Cámara Federal de Bahía Blanca le dio la razón al fiscal federal de La Pampa y ordenó ampliar la causa de la represión en la Subzona 14 para incluir, como delito autónomo, la figura de "abuso sexual deshonesto sin acceso" y también aquellos en que hubo acceso carnal. En la causa Subzona 14 II, cuatro personas dijeron haber sido abusadas sexualmente mientras estaban detenidas. Dos de ellas afirmaron que el abuso sexual fue sin acceso y las otras dos, que si lo hubo.
Firmada el martes 26 de agosto, la resolución de la Cámara Federal de Bahía Blanca llegó el viernes al Juzgado Federal de Santa Rosa. El texto lleva la firma de los camaristas Pablo A. Candisano Mera y Ricardo Emilio Planes.
En su aspecto resolutivo, la medida hacer lugar en forma parcial al recurso de apelación que había presentado el fiscal federal subrogante Juan José Baric y que la jueza federal Iara Silvestre había rechazado. Al revalidar la apelación, la Cámara abrió la puerta para que el Juzgado Federal de La Pampa cité a las personas ya imputadas en esta causa para indagarlas también por esta figura penal, como delito independiente de las torturas de las que están acusadas.
Una fuente judicial explicó que el tema de los delitos sexuales cometidos contra personas privadas de su libertad mereció "una disquisición jurídica muy grande" entre dos líneas de pensamiento principales. Por un lado, quienes opinaban que el abuso sexual forma parte de la tortura y por lo tanto está subsumido dentro de esa carátula. La otra postura es que se trata de una investigación aparte porque contiene un condicionamiento libidinoso por parte de quien lo comete, aún cuando ocurra en un contexto represivo. "Mientras que las torturas se cometían frente a los otros detenidos, estos abusos se hacían sin presencia de otras personas. Era la clandestinidad dentro de la clandestinidad", señaló un magistrado federal. "Estas personas actuaban para satisfacer su líbido personal más allá de la tortura que cometían", puntualizó la persona consultada.
Con la decisión de la Cámara Federal, el Juzgado deberá ordenar ampliaciones de indagatorias solo por estos hechos delictivos. "No hace falta armar una causa nueva", se indicó.

 

Lesa humanidad.
En su argumentación del pedido de indagatoria, el fiscal Baric había argumentado que "los delitos contra la integridad sexual perpetrados durante la última dictadura militar, y en concreto, en la jurisdicción de la Subzona 1.4, comportan crímenes de lesa humanidad que deben ser jerarquizados y diferenciados de la categoría genérica de tormentos", por revestir un carácter autónomo.
Como soporte de esa postura remitió la resolución que fija la política criminal a seguir por los ministerios públicos fiscales frente a este aspecto del fenómeno criminal y citó jurisprudencia en apoyo a su postura.

 


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