Viernes 19 de abril 2024

Irá 14 años a prisión

Redacción 03/07/2017 - 01.20.hs

La Sala A del Tribunal de Impugnación Penal (TIP), a través de los jueces Carlos Flores y Pablo Balaguer, confirmó la condena a 14 años de prisión contra un albañil de 41 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual por sometimiento gravemente ultrajante por su duración y las circunstancias de su realización, y abuso sexual con acceso carnal, todo ello agravado por resultar un grave daño en la salud mental de la víctima, por la calidad de guardador y por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo, como delito continuado. La víctima era sobrina de su pareja. La denuncia fue realizada el 18 de mayo de 2016 por una asistente social y una psicóloga pertenecientes al Ministerio de Educación y por la directora de la escuela a la que asistía la víctima. Por su parte, el acusado permanece en prisión preventiva hasta la finalización del proceso. Además, los jueces, no hicieron lugar a un recurso de impugnación presentado por el defensor particular Gastón Gómez.
El fallo condenatorio se dictó el pasado 24 de abril y fue el juez de audiencia Carlos Besi, quien dio por acreditado que "sin poder precisar fecha, y en reiteradas oportunidades", el imputado abusó de una menor desde los 6 hasta los 9 años, "mediante tocamientos en sus partes íntimas, masturbándose frente a ella y obligándola a hacérselo; como también, el domingo o lunes inmediatamente anterior a la denuncia, haberla accedido carnalmente".

 

Los hechos.
Según el informe de la justicia, "todos estos hechos ocurrieron en el interior de la vivienda que el grupo familiar compartía, más precisamente en la habitación del acusado, en momentos en que su pareja -tía de la víctima- y sus primos no estaban y él se quedaba solo con la niña, a quien amenazaba "con agredirla físicamente si no hacía lo que le ordenaba". Gómez, en su recurso, alegó errónea aplicación de la ley sustantiva y errónea valoración de la prueba.
La defensa también pidió que se declarara la actividad procesal defectuosa con relación a la declaración de la niña en Cámara Gesell atentó a que existió una reproducción deficiente por razones técnicas. El Tribunal rechazó ese planteo señalando que el audio pudo escucharse en su totalidad durante el juicio y que la psicóloga forense respondió todas las preguntas.

 

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