Jueves 11 de abril 2024

La corporación judicial salvó al fiscal Salinas

Redacción 28/11/2013 - 04.41.hs

Pocas veces, en un proceso político, hubo pruebas tan concluyentes contra el imputado. Por eso, cuando ayer a las 14.40 se oficializó la sentencia del jurado de enjuiciamiento absolviendo por mayoría simple al fiscal general de General Pico, Carlos María Salinas, tomó más fuerza la frase que una calificada fuente tribunalicia le había dicho a este diario apenas 24 horas antes: "Si no echan a Salinas, no echan a nadie".
Y Salinas no solo no fue expulsado de la Justicia, sino que el fallo dispone su inmediata restitución. El ministro del Superior Tribunal de Justicia, Tomás Esteban Mustapich, su más ferviente defensor, y las abogadas Marianela Oriani y Lidia Martha Ullán dieron sus votos para que no haya destitución con ciertos fundamentos 'agarrados con alfileres'. Los dos componentes políticos del jurado, en cambio, los diputados Silvia Larreta (PJ) y Martín Berhongaray (Frepam), se inclinaron porque el acusado no siga siendo funcionario público.
El fiscal general había sido acusado de mal desempeño e incumplimientos y negligencias reiteradas no solamente en la investigación del caso Sofía Viale, sino desde que asumió el cargo el 1 de marzo de 2011, cuando se puso en marcha el nuevo Código Procesal Penal.
La historia es conocida. El 31 de agosto de 2012, a la noche, el papá de Sofía concurrió a la Seccional Cuarta de General Pico para realizar una exposición por la desaparición de su hija. La causa quedó a cargo de la fiscal sustituta Noelia Affonso, quien no tenía experiencia en la función. Su jefe, Salinas, la recibió cinco días después y le dijo que el sumario debía ser tramitado en el Juzgado de la Familia y el Menor porque no existía un delito sino una simple averiguación de paradero. Affonso le dio vista a la Asesoría de Menores e informó verbalmente al juzgado. Mientras tanto, por iniciativa propia y no por una orden de Salinas, todos los fiscales titulares resolvieron colaborar activamente con ella en la pesquisa.
Durante 66 días Salinas no intervino en el caso. Recién el 5 de noviembre, cuando el cuerpo sin vida de la menor de 12 años, apareció en el patio de la vivienda de Juan José Janssen, su homicida, fue hasta allí y le avisó a los fiscales que se haría cargo de la causa. Horas después fue golpeado por un grupo de personas mientras cenaba en un restorán.
Pero, además de esa desidia en el caso Sofía, se le imputaron varios incumplimientos previstos en el artículo 112 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a saber: no coordinar ni supervisar la tarea de los fiscales; no dirigir a la policía en su función; no impartir instrucciones generales para mejorar el servicio de justicia; y no disponer actuaciones conjuntas de los fiscales, entre otros. Y también incumplir las resoluciones 9/11 y 10/11 de la Procuración que lo obligaban a realizar reuniones semanales con los fiscales para discutir estrategias de investigación y unificar criterios de actuación y enviar informes mensuales con sus conclusiones; y a coordinar todas las dependencias que estaban bajo su tutela.

 

El mejor salvavidas.
Mustapich fue, por lejos, quien más respaldó a Salinas a partir de cuestionar fuertemente a Affonso, a los denunciantes (once diputados del PJ, nueve vernistas y dos camporistas), al procurador Mario Bongianino y al fiscal del juicio, el procurador subrogante Guillermo Sancho.
De Affonso dijo que "decidió intervenir en una cuestión que no era de su competencia, desoyendo la orden del fiscal general; pues si bien no le dio tal entidad a los dichos de Salinas, en una estructura de neto diseño organizacional verticalista, las respuestas de un superior frente a las consultas de un subordinado son órdenes". Estas últimas palabras provocaron comentarios de asombro y enojo en algunos legisladores que estaban en el recinto.
Inmediatamente, como para equilibrar, aunque cayendo en una clara contradicción, Mustapich agregó que los fiscales también tienen "libertad de criterio, por lo que recriminar las decisiones tomadas" por uno de ellos "equivale a someter a consideración el contenido de las sentencias de un magistrado".
El ministro del STJ expresó, en alusión a los diputados, que "las denuncias deben ser deducidas en términos claros y precisos, y no generar confusión alguna sobre las imputaciones formuladas". Lo mismo dijo de la acusación de Sancho, agregando que "en ningún momento precisó, describió o identificó situaciones concretas o acontecimientos puntuales, sucedidos en actos, audiencias, diligencias o debates, que probaran el mal desempeño en forma reiterada. No surge de la denuncia ni de la acusación ninguna mención acerca de en qué legajos Salinas influyó para que la labor investigativa que debe desarrollar el Ministerio Fiscal quedara retardada o fracasara"
"Con estas manifestaciones generales es dable pensar que, en verdad, se intentó juzgar la actuación de Salinas por el resultado final que arrojó una investigación penal puntual y no por su verdadero accionar o desempeño; lo que es a todas luces absolutamente improcedente", subrayó.

 

"Palito" a Bongianino.
Lo único malo que vio Mustapich en Salinas fue que mostró "apatía" frente al caso Sofía, pero acotó que ello no es reprochable; y valiéndose de tres testigos de la defensa -y desoyendo a los cinco fiscales penales que declararon en el juicio y criticaron enfáticamente la conducta del imputado- remarcó que las órdenes de Salinas "no siempre eran acatadas".
Finalmente, manifestó que Salinas no cometió ninguna falta -su conducta "se ajustó a los criterios" previstos por la Procuración-, ni perdió "alguna de las condiciones personales para desligitimarlo en su función". Y remató su voto con un traspaso de responsabilidades, como si éstas no fueran personales. Fue cuando dijo que "no resulta un dato menor" que a Salinas no lo hayan apercibido, sancionado o abierto sumarios. "Me llama la atención que a un funcionario de tanta trayectoria se le pretenda imputar una conducta negligente e irresponsable de larga data, pero que nunca nadie, en tanto tiempo, la haya reparado o intentado corregir".

 

Con una vez no alcanza.
Ullán y Oriani dieron por probado el mal desempeño, el incumplimiento y la negligencia de Salinas en el caso Sofía Viale, pero agregaron que como no se produjo en forma reiterada -un requisito que fija la ley- no correspondía la destitución. En cambio dijeron que no incumplió el artículo 112, las resoluciones 9 y 10 ni las funciones que tenía por su cargo. Oriani apenas le endilgó "un incumplimiento en general" por no organizar debidamente las oficinas a su cargo y acotó sobre la primera resolución que aunque no realizó reuniones semanales con los fiscales, le notificó el motivo a Bongianino -habló de conflictos entre ellos- y éste no dispuso medidas ni aplicó sanciones. Ullán añadió que "no existió un adecuado contralor por parte de la Procuración".
Las abogadas también coincidieron en recordar el voto del ministro del STJ, Eduardo Fernández Mendía, en el jurado de enjuiciamiento contra el juez del Tribunal de Impugnación Penal, Carlos Flores, cuando sostuvo que éste había actuado "con negligencia jurídica", pero que no debía ser destituido porque ella no había sido reiterada.
En la causa de la menor, Ullán le imputó a Salinas haber permitido "por omisión" que no interviniera el Juzgado de la Familia a pesar de que era su postura, ya que ese tribunal recién fue notificado formalmente de la desaparición 26 días después. También que no controlara ello, que no supervisara ni coordinara la actividad de los fiscales y que no participara de reuniones con la policía. "Las acusaciones de negligencia e incompetencia se dieron puntualmente (en un solo legajo), por lo cual no se encuentra dado el requisito de la reiteración en varias causas", indicó.
Oriani agregó que no le dio a los fiscales "la orden concreta" de que giraran las actuaciones a Familia y, a diferencia de Mustapich, dijo que tanto Salinas como Affonso aceptaron que se trató de "un consejo y no de una orden". También le cuestionó no haber tenido "absoluta contracción" al trabajo. Incluso fue más allá y destacó -para reprobar la inacción de Salinas durante los 66 días- que "la experiencia indicaba que ante la desaparición de menores, el transcurso del tiempo agrava su situación al punto tal de que hace presumir fuertemente la existencia de un delito contra la integridad física, la integridad sexual o contra la vida misma". Por eso habló de "una actitud pasiva o reticente al cambio".
En esa misma línea, Ullán planteó que a Salinas "le costó el cambio y la adaptación al nuevo Código, e involucrarse como jefe en el nuevo paradigma judicial".
Cuando todo había terminado, Mustapich se fue caminando solo hasta el STJ, los diputados dieron entrevistas radiales y televisivas y las abogadas se informaron sobre los requisitos que debían cumplir para cobrar los viáticos.

 

"Un indisimulable desinterés"
Los diputados Martín Berhongaray y Silvia Larreta coincidieron en sus votos en que el mal desempeño y los incumplimientos del fiscal Carlos Salinas fueron reiterados y que, por eso, debía ser destituido. Hablaron de "indisimulable desinterés" y "desaprensión absoluta" no solo en el caso Sofía sino además en la conducción del Ministerio Público en General Pico
El radical dijo que "la consecuencia lógica de la falta de coordinación y supervisión de la labor que despliegan los fiscales es la afectación de la capacidad institucional del Ministerio Público para obtener resultados", y añadió, sobre la causa de la menor, que "el desempeño funcional de Salinas exteriorizó un indisimulable desinterés incompatible con las excepcionales circunstancias que presentaba el caso".
Indicó que mostró "renuencia" ante las exigencias del nuevo Código y que no acató las resoluciones 9/11 y 10/11 ("deliberadamente optó por desmerecer estas pautas generales"). Por eso refirió a "la inequívoca conclusión en torno a la presencia de una multiplicidad de faltas que configuran la reiteración de conductas" exigida por la ley 313 para destituir a un funcionario.
Larreta, en su voto, hizo hincapié en las respuestas dadas por Salinas durante el juicio político al procurador Mario Bongianino -del que salió absuelto-, entre ellas cuando dijo que "no tengo la menor idea" acerca de si Bongianino le había ordenado a otros fiscales (Horacio Aberásturi y Alejandro Gilardenghi) que colaboraran con su par Noelia Affonso. "Esa afirmación patentiza con descomunal contundencia los incumplimientos funcionales" en que incurrió el imputado, expresó.
La diputada fue quien más relevancia le dio a los testimonios de los fiscales Aberásturi, Gilardenghi, Ana Ruffini e Ivana Hernández en el juicio. "Fueron coincidentes en que solo se realizaron dos reuniones" con Salinas desde la implementación del nuevo Código, pese a que estaba obligado a convocar a una por semana. También destacó que todos dijeron "no sentirse apoyados o respaldados por el fiscal general" y hablaron de "la falta total de conducción, coordinación y ordenamiento de un equipo de trabajo".
Larreta remarcó los dichos del comisario Mario Gandino -ex jefe de la Brigada- acerca de que "nunca" tuvo "reuniones formales" con Salinas, ni en el caso particular de Sofía ni en otros. "Ello acredita en forma indubitable el incumplimiento absoluto de su deber de dirigir a la policía en su función judicial (...) Contextualizados los hechos, surge con meridiana claridad, la desatención o desaprensión absoluta para con sus responsabilidades funcionales". Y concluyó: "Estamos en presencia de hechos graves e inequívocos que acreditan la falta de capacidad y dedicación para con el desempeño de sus funciones".

 

¿Solo la parte resolutiva?
En las horas previas a la lectura del veredicto, trascendió que se produjo un momento de tirantez en el seno del jurado. ¿Qué pasó? Algunos integrantes habrían planteado que solamente debía difundirse públicamente la parte resolutiva del fallo y no los fundamentos de cada uno de los cinco votos. Pero otros, especialmente Berhongaray, se habrían opuesto firmemente a esa pretensión. La ley ordena leerse el veredicto, lo que debe entenderse como la sentencia completa; sino hablaría de parte resolutiva. En procesos anteriores no hubo dudas y leyeron públicamente toda la sentencia.

 


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