Domingo 24 de marzo 2024

La FIA reclamó más transparencia

Redacción 16/06/2015 - 02.26.hs

La Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) ordenó al Ejecutivo entregar la información que se le requiera por parte de cualquier ciudadano, luego de que se le negara el acceso a una persona a cuestiones presupuestarias. En la resolución 284/15, el fiscal Juan Carlos Carola recomendó al Ministerio de Hacienda que adopte "las medidas administrativas pertinentes a fin de proporcionar al solicitante la información pública requerida", pero además exigió a esa cartera y al ministro coordinador, Ariel Rauschenberger, que "arbitren las medidas administrativas y técnicas pertinentes a fin de garantizar el efectivo acceso a la información pública presupuestaria por parte de los ciudadanos de la provincia a través de la página web de la provincia". Además estableció que la sola información publicada en el Boletín Oficial no es suficiente para dar cuenta de la actividad del Estado.

 

El sumario.
El año pasado la FIA había iniciado el expediente 177 ante la falta de respuesta a un ciudadano que había presentado en el despacho del Ministerio de Hacienda una nota en la que había solicitado "acceso a la plataforma informática" de carácter presupuestario, en ese caso órdenes de pago ingresadas a la tesorería provincial. Ante la negativa, la FIA inició la investigación.
El Ministerio de Hacienda había fundamentado la negativa en que "el solicitante ha esgrimido en términos generales y vagos su intención de acceder a la plataforma o sistema informático". Indicaba que no había pedido ningún período específico, por lo que no se podía cumplir con la entrega ante el tamaño del archivo. Y que tampoco había "individualizado cuál es el interés que motiva su requerimiento". Además, desde el Ejecutivo se indicó que la información sobre proveedores no era "pasible de acceso por los particulares, ello en función de la reserva de información que pesa sobre la actividad privada de cada contribuyente, sin perjuicio de su acceso frente a requerimiento judicial que así lo resuelva". Y que podía acceder a través del Boletín Oficial.

 

Contra la corrupción.
Al hacer la resolución que le dio la razón al ciudadano, el fiscal Juan Carlos Carola indicó que el derecho al acceso a la información pública encuentra sustento en la Constitución Nacional y en tratados internacionales, que de acuerdo a las normas el Estado "debe fomentar la participación activa de personas y de grupos que no pertenezcan al sector público, tales como la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones con base en la comunidad, en la prevención y lucha contra la corrupción, advirtiéndose sobre la necesidad de adoptar medidas que tiendan a garantizar el acceso eficaz del público a la información".
Afirmó que "el derecho en cuestión no se encuentra normado en la provincia de La Pampa, toda vez que se carece de una ley o decreto de acceso a la información pública, a pesar de que el artículo 1 de la Constitución Provincial establece que la Provincia de La Pampa se sujeta para su gobierno y vida política a la Constitución nacional.
Además indicó que en nuestra provincia se encuentra vigente la Ley 1612 desde el año 1994, mediante la cual se reconoce la libertad de acceso a las fuentes informativas oficiales de carácter publico a los periodistas.

 

Archivos abiertos.
Pero además Carola indicó que "a la luz de las convenciones internacionales vigentes y la jurisprudencia citada, la transparencia activa se impone en nuestras sociedades democráticas". Por eso "la publicación de la información en el Boletín Oficial es insuficiente, a la luz del avance del derecho de acceso a la información pública, y de las nuevas tecnologías de información y comunicación".
"Que esa única publicación de información, en forma separada y no sistematizada, no permite que el ciudadano disponga información completa, precisa, oportuna y útil sobre las actividades financieras de un gobierno", continuó.
Carola explicó además que "conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana de DDHH no es exigible acreditar interés alguno para acceder a la información pública, bastando la mera condición de ciudadano para solicitarla".
Y además afirmó que "urge el dictado a nivel provincial de una ley que designe autoridad de aplicación, que establezca plazos breves para responder a las solicitudes, y que fundamentalmente evite la judicialización de las solicitudes".

 


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