Jueves 28 de marzo 2024

La jueza Maza respondió con dureza al ministro Villalva

Redacción 22/08/2014 - 04.20.hs
"La Policía es la responsable de los lugares de detención; ellos debieron darse cuenta de las condiciones inhumanas en que se encontraban los detenidos de la Seccional Segunda". Con esta frase, la jueza Florencia Maza salió al cruce de la queja del ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, Leonardo Villalva, por la supuesta "intromisión" de la Justicia en una competencia policial cuando dispuso clausurar la celda de la Seccional Segunda hasta tanto se mejoren las condiciones del lugar. "Los detenidos están bajo mi tutela; yo soy responsable de cualquier cosa que les pase. Hice lo que tenía que hacer y no tenía por qué avisarle al ministro", reiteró la magistrada, molesta por la réplica oficial de la víspera.
"Yo no me insmicuí en la competencia de otro Poder y tampoco estamos ante un conflicto de Poderes", sostuvo ayer la jueza de control Florencia Maza al retrucar las declaraciones de la víspera del ministro Villalva y defender con firmeza su actuación en el Habeas Corpus que un grupo de defensores oficiales y el defensor general Eduardo Aguirre presentaron a principios de mes a favor de los detenidos de la Seccional Segunda de Policía de Santa Rosa. "Hice lo que tenía que hacer porque tengo la obligación de tutelar a las personas que están privadas de su libertad", reiteró la magistrada.
A raíz de aquel Habeas Corpus y de la visita que ella misma hizo el martes 12, Maza ordenó trasladar los presos a otros lugares y clausurar la celda hasta tanto el gobierno la adecúe a los requisitos mínimos de habitabilidad. La visita dejó una muy mala impresión en la magistrada, que aún acostumbrada a ver los lugares de detención, nunca esperó encontrarse con uno en condiciones tan extremas como las que vio. "Inhumano", "deplorable", "lesivo a los Derechos Humanos" fueron algunos de los calificativos que utilizó para graficar esas condiciones. "Había mugre por todos lados, los colchones tirados en el piso, una iluminación tan pésima que prácticamente no se veía, y además, el lugar tiene una puerta placa que impide ver lo que está pasando allí adentro. Si alguien prende fuego un colchón, como ya ha ocurrido, nadie lo vería hasta que fuera tarde". Tampoco se cumplía con la disposición de que las personas detenidas tuvieran al menos una hora de esparcimiento en un lugar abierto.

Sin intromisión.
"No entiendo cómo la Policía o el propio Ministerio de Gobierno no hizo nada para mejorar esas condiciones y hubo que esperar a que la Justicia interviniera", disparó Maza. "Ellos son los responsables de los lugares de detención, debieron haber hecho algo antes y no esperar que los defensores hicieran el habeas corpus".
Más allá de sus percepciones, la jueza sostuvo que procedió de acuerdo al derecho y sin violar jurisdicciones de otros poderes. "Detecté una violación a los Derechos Humanos de los detenidos y actué en consecuencia", remarcó. "Estos lugares están bajo la órbita de la Policía, que a su vez depende del Ministerio de Gobierno, pero las personas detenidas están bajo la tutela del Poder Judicial. Yo soy responsable de cualquier cosa que les pase a ellos", remarcó. "Si alguien me advierte que están en condiciones infrahumanas, yo tengo que preocuparme".
"No le avisé al ministro (Villalva) por que no tenía por qué avisarle. Quienes sí estuvieron presentes (en la visita del martes 12) fueron las autoridades de la Unidad Regional 1, que dependen del Ministerio de Gobierno. Acá no hubo ninguna intromisión ni conflicto de poderes", reiteró la jueza.

 

¿Cuánto tiempo es transitorio?
Entre otras argumentaciones, la jueza Maza se preguntó cuánto tiempo corresponde computar para que un lugar de detención sea considerado "de paso", como argumentó el ministro Villalva. "Entiendo que una cosa es hablar de tres días, o una semana a lo sumo, pero no de dos meses, como ha habido casos", aseguró. "Se puede entender que las condiciones no sean las mejores si una persona va a estar allí unas horas o un par de días, pero no durante varias semanas o dos meses", planteó.

 

Un antecedente de Horacio Verbitsky
Maza fundó una parte sustancial de su resolución en un antecedente generado por un habeas corpus que presentó el periodista Horacio Verbitsky ante una situación donde también se produjo una superposición de competencias entre el Poder Ejecutivo, responsable de los lugares de detención, y la del Poder Judicial, responsable de disponer la privación de la libertad a una persona.
El párrafo transcripto en la resolución de Maza dice: "Que a diferencia de la evaluación de políticas, cuestión claramente no judiciable, corresponde sin duda alguna al Poder Judicial (...) garantizar la eficacia de los derechos y evitar que éstos sean vulnerados, como objetivo fundamental y rector a la hora de administrar justicia y decidir las controversias. Ambas materias se superponen parcialmente cuando una política es lesiva de derechos, por lo cual siempre se argumenta en contra de la jurisdicción, alegando que en tales supuestos media una injerencia indebida del Poder Judicial en la política, cuando en realidad lo único que hace el Poder Judicial, en su respectivo ámbito de competencia y con la prudencia debida en cada caso, es tutelar los derechos e invalidar esa política solo en la medida en que los lesiona".
"Las políticas -dice la CSJ- tienen un marco constitucional que no pueden exceder, que son las garantías que señala la Constitución y que amparan a todos los habitantes de la Nación; es verdad que los jueces limitan y valoran la política, pero solo en la medida en que excede ese marco y como parte del deber específico del Poder Judicial. Desconocer esta premisa sería equivalente a neutralizar cualquier eficacia del control de constitucionalidad".
Ante estas consideraciones, Maza expresó su total acuerdo con lo reglado por la Corte Suprema y en virtud de ello y la violación a derechos contemplados en la Constitución Nacional y pactos internacionales con jerarquía constitucional, decidió "hacer lugar al recurso de Habeas Corpus colectivo y correctivo planteado" y en función de ellos "disponer el traslado inmediato de los allí alojados a otras dependencias policiales que resulten más adecuadas para el alojamiento de los mismos" hasta tanto se acondicione la celda de la Segunda "conforme las pautas arriba mencionadas".

 


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