Lunes 15 de abril 2024

Nación rechazó amparo por cierre del Grupo Especializado

Redacción 31/10/2016 - 00.53.hs

El gobierno nacional pidió la caducidad de un amparo presentado por los abogados pampeanos Catalani y Villagra por el cierre "indiscriminado" del Grupo de Asistencia Judicial en casos de lesa humanidad.
La Asesoría Legal y Técnica del gobierno nacional rechazó el amparo presentado por los abogados Franco Catalani y Miguel Villagra en el Juzgado Federal de Santa Rosa por el cierre "indiscriminado" del Grupo Especializado de Asistencia Judicial (GEAJ), encargado de suministrar en todos los procesos judiciales de lesa humanidad, las muestras de ADN para el reconocimiento de victimas desaparecidas durante la última dictadura cívico militar.
Ante los cruces de argumentos, queda finalmente la definición en manos del juez federal Luis Salas sobre los planteos efectuados por la Nación y la existencia o no del grupo especializado de trabajo.
Al fundamentar el planteo, el gobierno fundó su posición en el principio de seguridad jurídica y de estabilidad del que deben estar imbuidos los actos estatales, por ser éstos portadores de certidumbre. A su turno y en forma transitoria, la fiscal federal Adriana Zapico emitió respuesta al traslado efectuado por el juzgado en cuanto a la caducidad del amparo, adhiriendo sorpresivamente a los postulados del gobierno nacional.

 

Caducidad.
Sobre la caducidad del amparo, los abogados pampeanos explicaron que el plazo es relativo y no es determinante ya que "se enjuicia una ilegalidad continuada, mantenida al momento de accionar y también en el tiempo siguiente, en cuanto el GEAJ sigue fuera de la órbita estatal con sus respectivas funciones, con los insalvables perjuicios que ello genera".
Agregaron que "las cuestiones de orden procesal que el gobierno reitera como fundamento, constituyen construcciones técnicas que el legislador ha previsto para preservar los derechos esenciales que gozan de reconocimiento constitucional y bajo ningún punto de vista, pueden ser interpretados de modo que se desvirtúen los fines de la Carta Magna".
Por último, afirmaron que "si bien el contenido de las normas rituales, de procedimiento, poseen su reconocida importancia, su desnaturalización, su sobredimensionamiento por encima de su razón de ser, termina por convertir a esos imprescindibles preceptos (amparo) en una suerte de trampas o valladares tendientes a frustrar el derecho constitucional del debido proceso".

 

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