Lunes 15 de abril 2024

Otro homicida al volante que quedará en libertad

Redacción 24/12/2014 - 05.13.hs

La Justicia pampeana condenó ayer a Alexander Emanuel García a tres años de prisión en suspenso y ocho años de inhabilitación para conducir vehículos por ocasionar el accidente de tránsito que causó la muerte de Alberto Santesteban, uno de los hijos de Saúl Santesteban y Rosalba D'Atri, dueños de La Arena.
Además, le ordenó a García que fije residencia y se someta al cuidado del Patronato de Liberados por dos años, debiendo comunicar los cambios de domicilio. En caso de incumplimiento se revocará la condicionalidad de la pena.
De esta manera, la Cámara en lo Criminal 1 de Santa Rosa coincidió con pedido del fiscal Jorge Marcelo Amado. El Tribunal, integrado por Alejandra Ongaro, Elvira Rosetti y Miguel Gavazza, sentenció que García fue penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente de un vehículo automotor en concurso ideal
con lesiones leves culposas.
Mientras que el abogado defensor Juan Eduardo Ravinale solicitó la absolución de García, por entender que "frente a las pruebas que han sido producidas durante el debate, no se pudo determinar en forma clara, concisa y concreta en qué circunstancias se produjo el accidente".
El siniestro vial ocurrió el 9 de julio de 2010, aproximadamente a las 7.30, entre los kilómetros 576 y 577, en cercanías del acceso a la localidad de Anguil y también del cruce con la ruta 7. Santesteban, que iba acompañado por Walter Aguiar -quien resultó herido-, conducía su Fiat Uno en dirección hacia el este cuando fue colisionado en forma frontal por una Volkswagen Saveiro. El conductor de la camioneta era Alexander García, un joven oriundo de Anguil.
La víctima y su acompañante iban a pescar a Trenque Lauquen, mientras que García regresaba hacia su lugar de residencia desde Catriló. Según lo comprobado durante el juicio, la Saveiro intentó sobrepasar a un colectivo, y al ocupar el carril contrario, chocó de frente con el Fiat.

 

Argumentos.
"No caben dudas, sin que se diera circunstancia alguna que impusiera esa reacción, García invadió el carril contrario a su mano, carril por el que circulaba un vehículo al que colisionó con tal fuerza de impacto, que prácticamente destruyo el sector correspondiente al conductor", señalaron los magistrados.
Y agregaron: "Los informes técnicos a los que se suman las declaraciones de los testigos, en particular Marani (Gustavo) y Stark (Leonel), además de los de la propia víctima lesionada, resultan precisos y concordantes en apoyo de la recreación del hecho".
En ese sentido, los jueces explicaron: "Este lamentable accidente impone una reflexión al momento de mensurar la pena a imponer, ya que se trata de un hecho que ha mutilado la vida de dos jóvenes, uno tronchada totalmente porque ha perdido la vida, el otro porque ha de llevar sobre si, más allá del monto de pena que se adjudique, una sobrecarga en su conciencia, la de ser el responsable de lo ocurrido".
Y continuaron: "El interrogante que se nos plantea es ¿alcanza a dimensionar la magnitud del suceso que protagonizó? No lo sabemos porque no ha declarado en ninguna de las instancias, presuponemos que la respuesta es afirmativa por cuanto, en el juicio, se lo observó compungido, y al otorgársele la palabra final del debate solo dijo 'que Dios los bendiga a todos' sin que se encuentre otra explicación a sus palabras".
"Dos jóvenes de edades semejantes, la víctima circulando regularmente, observando las normas de tránsito, el imputado ignorándolas en actitud imprudente ocasionando un accidente que pudo ser evitado", concluyeron los jueces en su fallo.

 


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