Pena de once años a Alarcón
Lunes 11 de marzo 2024

Pena de once años a Alarcón

Redacción 24/09/2016 - 01.05.hs

A principios de este mes, el tribunal conformado por los jueces Carlos Mattei, Carlos Besi y Gastón Boulenaz absolvió a tres acusados del crimen de Darío Cruzate, los hermanos Fabián Andrés Echeverría y Maximiliano Echeverría y Rubén Esteban Carriqueo y declaró a Alarcón como única responsable. La pena dictada superó el pedido inicial del fiscal y rechazó la detención domiciliaria.
En este caso, en representación del Ministerio Público Fiscal, actuó Oscar Cazenave, por la defensa, el abogado Pablo Maldini, la imputada Maria Alejandra Alarcón, y el querellante particular, Jorge Darío Cruzate con el patrocinio letrado del defensor oficial Martín García Ongaro, atento a la renuncia presentada por los que fueran sus letrados patrocinantes, los abogados Marcelo Turnes y Paula Lastiri, con fecha 13 de septiembre. En la lectura de la sentencia, sólo se presentó la acusada y su asesor letrado.
El pasado martes se había realizado la audiencia de imposición de penas, donde cada parte solicitó la condena que consideró para la imputada. El fiscal había solicitado la pena de nueve años de prisión; la defensa de Alarcón pidió un castigo de ocho años; mientras que la querella particular había requerido un número no concreto de pena, pero sí el máximo del "quantum punitivo" ya que en el debate se planteó el hecho como "homicidio agravado", un delito que implica la prisión perpetua, pero cuyo pedido fue desestimado al confirmarse el homicidio simple.

 

Fundamentos
En los argumentos de la sentencia impuesta por el tribunal, se mencionó que se tuvo en cuenta "la naturaleza del hecho, las circunstancias que lo acompañaron, como así el conocimiento directo de la imputada en oportunidad de celebrarse
tanto la audiencia de debate oral como la de imposición de pena y el pedido de pena realizado por la Fiscalía, por el representante de los querellantes particulares y la defensa".
También se consideró "el monto de pena previsto para el delito por el cual resultó declarada autora y responsable penalmente, con un mínimo de ocho años de prisión y un máximo de 25 años de prisión, como también las distintas modalidades que puede configurar el mismo. Se valoraron a favor sus condiciones personales, su edad, la ausencia de antecedentes penales, su colaboración durante el desarrollo de todo el proceso, postura y presencia en ambas audiencias celebradas, siempre se mantuvo con respeto ante las declaraciones de los diferentes testigos y para con el Tribunal".
Los jueces valoraron negativamente, "la extensión y consecuencia del daño causado -el damnificado tenía tres hijos menores de edad y era el sostén de la familia, atento a que su esposa se encargaba de la atención de los mismos-, extensión del daño que también abarca a los padres de la víctima ante la pérdida de su hijo en tales circunstancias, el modo de ejecución de la acción y el medio empleado -arma blanca-, también analizaron de forma negativa "los motivos que llevaron a cometer el hecho, un conflicto que se suscitó en el momento, y la menor posibilidad de defensa de la víctima ante el ataque con el arma blanca".

 

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