Jueves 11 de abril 2024

Preso por lesionar a su pareja

Redacción 05/08/2016 - 01.55.hs

La jueza de control María Florencia Maza condenó ayer a Pablo Daniel Carrizo a un año y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en concurso real con amenazas con arma (artículos 92 en relación con el 89 y el 80 inciso 1° y 149 bis, primer párrafo, segundo supuesto, del Código Penal), por un hecho ocurrido el 31 de marzo pasado en perjuicio de su pareja.
Además ordenó, a partir de que el fallo quede firme, la inmediata detención del imputado. Mientras tanto, la magistrada le mantuvo a Carrizo la medida de restricción a acercarse a la agredida, impuesta como alternativa a la prisión preventiva.
La resolución de Maza fue a raíz de un acuerdo de juicio abreviado rubricado por el fiscal Marcos Hernán Sacco, la defensora particular Valeria Luján y el acusado y la propia damnificada.
Carrizo, un jornalero de 38 años que registra antecedentes, admitió la autoría del hecho.
En el expediente se demostró que aquel día, cuando la víctima y el imputado se encontraban en la vivienda que compartían, éste le recriminó a la mujer que lo engañaba y se dirigió al baño para comenzar a autolesionarse con una hoja de afeitar -delante de ella- en el tórax, el cuello y los brazos.

 

Cuchillo.
La mujer fue hasta su habitación y regresó al baño. Ahí Carrizo "le apretó la cabeza contra la puerta", la víctima logró zafarse y volvió a la habitación. El agresor la amenazó con la hoja de afeitar para que se dirigiera nuevamente al baño. Pero la víctima fue hacia el comedor y Carrizo empezó a "perseguirla alrededor de la mesa con un cuchillo en la mano, abalanzándose sobre ella y apoyándole el cuchillo en el abdomen y la pierna derecha".
La damnificada logró que el atacante arrojara el cuchillo al piso. No obstante, le propinó "golpes de puño en el rostro, el cuello y el cuerpo, tomándola fuertemente del cabello y golpeando su cabeza contra la puerta", hasta que pudo escaparse y pedir ayuda.
Si bien las lesiones "por su entidad, ubicación, tiempo de curación y de inhabilitación que para el desarrollo de sus tareas habituales, no significaron agravante alguno", fueron calificadas por la relación de pareja que los unía. Y con relación a las amenazas, la jueza indicó que Carrizo "profirió expresiones y realizó comportamientos que deben interpretarse como un claro augurio de causarle a la víctima un mal futuro, cierto y concretable, el que le infundió temor, limitándola en su libertad de autodeterminación".

 

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