Martes 23 de abril 2024

Procesan a una escribana como partícipe de una defraudación

Redacción 03/05/2013 - 03.49.hs

La escribana Paola Vanesa Montero fue procesada por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y defraudación por administración infiel, como partícipe necesaria, por avalar la venta ilegal de un coto de caza al sur de Chacharramendi.
En primera instancia, el juez de instrucción Néstor Ralli había dictado la falta de mérito a favor de Montero -pareja del diputado provincial Martín Berhongaray-, pero la semana pasada el juez del Tribunal de Impugnación Penal, Pablo Balaguer, revocó esa medida y dispuso el procesamiento por considerar, prima facie, que cometió ambos delitos.
La investigación penal se centró en la venta del campo Loma Negra, un coto de caza que está ubicado en cercanías de Chacharramendi, por parte de la sociedad anónima Macarena Ranch a los hermanos Hernán y Carolina Pizarro el 27 de agosto de 2010. Montero avaló la escritura pública por la cual se concretó la operación.
Balaguer, para dar vuelta el dictamen de Ralli, consideró que éste no evaluó convenientemente las pruebas incorporadas al expediente y enumeró las conductas de la imputada que permitieron que Antonio Gabriel López Mayo -"el autor material de la defraudación"- pudiera concretar la transacción ilegal. López Mayo integraba la sociedad anónima junto a dos españoles, Gonzalo Jiménez Rodríguez y Luis Alberto Bello Contreras.
Montero, en su defensa, afirmó que antes del negocio tuvo a la vista el estatuto de Macarena Ranch, los libros de actas del directorio y la asamblea, y la documentación que designaba a López Mayo presidente y lo habilitaba para vender la única propiedad que poseía la sociedad anónima.
Con relación al delito de incumplimiento, el TIP consideró que la escribana "omitió ilegalmente realizar un acto de su oficio, no examinando con la debida cautela y precaución los instrumentos presentados por lar partes interesadas en realizar la escritura de compraventa, la que de todas formas procedió a autorizar e inscribir en el Registro de Propiedad Inmueble".
En ese sentido, Balaguer dijo que debió requerir "los documentos respectivos que legitimaran" la autorización de Jiménez Rodríguez y Bello Contreras a favor de López Mayo, y además "verificar la legitimidad y vigencia de los mismos, a fin de llevar adelante con la cautela y prudencia propia de su función, el juicio correspondiente a la fe de conocimiento o identificación de las partes otorgantes del acto". Y agregó el juez que lo hizo sabiendo que los ciudadanos españoles no estaban en el país en ese momento.

 

"Burda imitación".
Más adelante, Balaguer remarcó que en dos actas en las que aparecen las firmas de los tres socios de Macarena Ranch se observa que "la única idéntica" es la de López Mayo, en tanto que "las dos restantes, justamente las correspondientes a quienes no residen en el país y aparecían autorizando la venta del inmueble, se observan como una burda imitación que debió ser advertida por la notaria, para lo cual no era necesario ser perito calígrafo ni poseer conocimientos específicos de esa ciencia, siendo evidente a simple vista la diferencia en las firmas plasmadas en ambas actas societarias (...) Este fue un indicio más que debió haber tenido en cuenta la escribana actuante, para alertarse de que en su presencia se estaba llevando adelante una operación ilícita".
Otra cuestión que le endilgó el juez del TIP a la imputada fue que el 14 de septiembre de 2010 recibió una carta documento del apoderado de los socios españoles, haciéndole saber que como accionistas mayoritarios la intimaban "a abstenerse de toda actividad notarial que involucre al campo Loma Negra, el cual se ha venido ofreciendo a la venta en condiciones no autorizadas".
Sin embargo, Montero procedió a la registración provisional de la compraventa el 16 de septiembre, ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a pesar de que tenía 45 días para efectuar el trámite. Un detalle más: el coto de caza fue nuevamente vendido a posteriori y registrado provisionalmente el 14 de diciembre de 2010.
Por último, y con respecto al delito de fraude, Impugnación enfatizó que la conducta de Montero fue "funcional a la actividad defraudatoria desplegada por López Mayo" y acotó que sin su colaboración ella no hubiera podido concretarse.

 

El antecedente Wallace
Montero trabaja en el estudio Wallace. Martín Wallace es el ex escribano del gobierno provincial durante la gestión de Carlos Verna, que fue procesado por el delito de falsedad ideológica en 43 ocasiones, y que zafó del juicio oral y público porque la acción penal prescribió después de que el expediente diera vueltas durante más de una década en la justicia federal y provincial. Su nombre ya no aparece en la nómina del notariado que figura en la página oficial del Colegio de Escribanos de La Pampa.
A ella se le imputó el delito de incumplimiento de los deberes porque es escribana de registro. Esta figura se aplica al funcionario público instituido para recibir, redactar y dar autenticidad a los actos y contratos que les fueran encomendados".
Paradójicamente, el juez Balaguer, en su resolución, y al referirse a la condición de funcionaria pública de Montero, mencionó como antecedente lo actuado por el Superior Tribunal de Justicia en el expediente caratulado "Colegio de Escribanos de La Pampa s/ remite actuaciones sobre sumario sustanciado al escribano Martín Wallace, titular del Registro Notarial 2". La mujer es titular del Registro Notarial 7.

 


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