Jueves 28 de marzo 2024

Proponen solidaridad con los vueltos de los supermercados

Redacción 17/04/2017 - 01.19.hs

Una iniciativa legislativa propone un proyecto de ley que evitaría que "grandes empresas que hoy deducen Ganancias" puedan aprovechar el acto solidario "para sus propios fines". Eduardo Tindiglia (Nuevo Encuentro) propone que se regule la recaudación de fondos para campañas solidarias por parte de comercios mayoristas y minoristas a través de la donación del excedente en el pago de los consumidores, con el que las grandes empresas hoy deducen Ganancias.
Sostiene Tindiglia que "actualmente los comercios, en su mayoría grandes cadenas de supermercados, que desarrollan campañas solidarias a través de la donación de vueltos de los consumidores a ONG, a instituciones de bien público pueden deducir en el Impuesto a las Ganancias hasta el 5% sobre la ganancia neta que haya tenido la firma en el ejercicio, si realiza la donación a nombre de la empresa".

 

Quebranta legislación.
El legislador dijo que "esta práctica viola la ley de Defensa del Consumidor y de lealtad comercial, que establece el redondeo de vueltos. Las donaciones no se realizan a nombre de terceros, los consumidores, sino que se realizan a nombre de esas cadenas, que de esta forma no solo pagan menos Impuesto a las Ganancias sino que también mejoran su imagen corporativa hacia la sociedad gracias a la solidaridad de los consumidores".
El proyecto busca que las empresas "cuando rindan cuentas ante los organismos de control del Estado, indiquen que la donación es a cuenta del tercero y que ellos son simples intermediarios. De esa manera la acción puede ser encuadrada como una gestión de responsabilidad empresaria y no generaría exención impositiva. No proponemos limitar o cuestionar el acto de la donación sino que buscamos evitar que este acto solidario sea aprovechado por algunas grandes empresas para sus propios fines económicos", explicó Tindiglia.

 

Donación en La Pampa.
Se indica en los fundamentos que en una compra, en caso de haber diferencia a favor del consumidor y cuando por su poca cuantía sea imposible o impracticable su devolución en dinero, el cajero deberá dar la opción de forma no indicativa de donar el vuelto a una fundación a elección del consumidor, y además se exige que la fundación beneficiaria debe tener domicilio fiscal en la provincia de La Pampa.
El comercio recaudador debería cumplir otros requisitos como dejar constancia en el ticket de compra: el apellido y nombre del donante, el monto de la donación efectuada, la razón social y CUIT de la ONG destinataria de la donación. Tampoco el comercio podrá deducir lo recaudado por donaciones de los clientes en impuesto provincial alguno; y el monto recaudado por el comercio a través de las donaciones, se entregará a la institución que haya sido elegida por el cliente y que no podrá ser distinta a la que se indica en el comprobante de compra que le extendió al consumidor al momento de efectuar la donación.

 

Lista de donantes.
También el comercio recaudador entregará a la fundación beneficiaria una lista con los nombres de los consumidores que la hayan elegido para efectuar la donación en el marco de la campaña solidaria, dejando constancia de que el comercio es un mero ente recaudador de los fondos entregados. Sin perjuicio de ello, además, el consumidor-donante podrá solicitar ser exceptuado de la lista; el comercio a pedido del consumidor deberá informar de manera veraz y escrita, el monto total de lo recaudado en la campaña solidaria, los datos de la institución beneficiaria de los fondos y la fecha en la cual se hizo entrega de los mismos.

 

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