Jueves 11 de abril 2024

Propuesta para transparentar adjudicación de casas del IPAV

Redacción 23/02/2014 - 01.40.hs

El déficit habitacional hace que muchas parejas aguarden esperanzadas ser adjudicatarias del Instituto de Vivienda. No obstante siempre hay dudas sobre la metodología utilizada para las inscripciones.
Lidia Duperoú (Frepam) insistió conque se apruebe su proyecto de ley, para establecer los requisitos y el procedimiento para la adjudicación de viviendas construidas en el ámbito de nuestra provincia, administradas por el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.
La legisladora -luego de publicarse en estas páginas la difícil situación de una familia que vive en un colectivo en desuso-, y de muchos reclamos que se produjeron en la mañana de ayer por Radio Noticias, reclamó para que se otorgue "transparencia, objetividad y publicidad a las adjudicaciones".
La iniciativa presentada en la legislatura, entre otros muchos puntos, prevé que se puedan inscribir como postulantes los matrimonios y uniones de hecho sin hijos con cinco años de residencia en la localidad
donde se solicita la vivienda.
Otros de los ítems que se tienen en cuenta en el proyecto es no ser deudor alimentario. Además propicia crear la página web del IPAV en la cual debe publicarse lugar y requisitos para inscribirse en el Registro Permanente de Postulantes; el mismo registro; los planes de viviendas proyectados y las localidades en las que se ejecutarán.

 

Comisión revisora.
Para la selección de los adjudicatarios se implementan dos etapas, la primera a cargo del IPAV, donde se seleccionan los preadjudicatarios; y la segunda a cargo de una comisión revisora, que estará integrada por un representante del IPAV, uno del Poder Ejecutivo, dos del Poder Legislativo; uno por el bloque mayoritario y el otro por el bloque de la primera minoría, y tres representantes de la región a la que correspondan las localidad/es en la que se adjudican las viviendas.
La comisión revisora tiene como función principal revisar y eventualmente aprobar el listado de preadjudicatarios hecho por el IPAV; y tiene la facultad para requerir información, por ejemplo al Registro de la Propiedad Inmueble y acceder a la documentación aportada por los solicitantes.

 

Cupos.
Se prevé en la iniciativa que el 30% del total de las unidades habitacionales serán adjudicadas en forma prioritaria a los siguientes beneficiarios: 10% a municipios y comisiones de fomento, para ser adjudicadas en carácter de comodato a grupo estable de personas convivientes unidas entre sí por lazos matrimoniales legales o de hecho, que no posean vivienda propia y carecieran de recursos suficientes para acceder a la misma, donde al menos uno de los convivientes sea mayor de 65 años de edad o a personas solas de más de esa edad. Otro 10% en propiedad al grupo familiar integrado por madres solteras, mayores de edad, con hijos menores de edad. Y otro 10% al grupo familiar cuyas necesidades de una vivienda digna sea impostergable por cuestiones de salud de algunos de sus miembros, en especial de los niños o niñas y/o adultos mayores que lo componen.
Duperoú en su proyecto dice finalmente que dentro de las obligaciones del adjudicatario que enumera la ley, obviamente, está la de abonar las cuotas en tiempo y forma; y sostiene que el incumplimiento del pago de cinco cuotas da lugar a la revocación de la adjudicación, con lo cual la vivienda debe reintegrarse al IPAV para su posterior nueva adjudicación.

 


' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?