"Que tenga autonomía política"
Lunes 04 de marzo 2024

"Que tenga autonomía política"

Redacción 29/08/2016 - 01.46.hs

Los integrantes de la APP indicaron que la actividad del Observatorio de Seguridad Ciudadana "no puede discriminar a las personas por su condición social, económica, o de cualquier otra índole".
La Asociación Pensamiento Penal se mostró a favor del proyecto de ley que impulsa la creación del Observatorio de Seguridad Ciudadana de La Pampa aunque sus miembros advirtieron que la inconveniencia de que dicho organismo quede bajo la órbita del Ministerio de Seguridad.
La Asociación presentó en la Legislatura un dictamen de apoyo al proyecto impulsado por el diputado del PJ Espartaco Marín, aunque en el mismo hacen una serie de consideraciones para que se tengan en cuenta a la hora de votar la aprobación o no del Observatorio.
En su dictamen, la APP saludó "con entusiasmo" la iniciativa porque, según dijeron, se busca "generar una instancia que posibilite un análisis pormenorizado y objetivo de los conflictos originados en esa jurisdicción, a los fines de implementar medidas conducentes, que puedan tener un impacto certero y real en la reducción de los índices de criminalidad".
"Este tipo de medidas, a diferencia de las salidas simbólicas a las que con frecuencia se apela para enfrentar la problemática de la inseguridad ciudadana -como las tradicionales medidas del aumento de los efectivos, la adquisición de patrulleros y otros equipamientos- marcan un camino a seguir que debe ser destacado", añadió la Asociación.
Los integrantes de la Asociación, entre ellos los defensores oficiales Eduardo Aguirre y Alejandro Osio, y el abogado Sebastián País Rojo, añadieron su intención de hacer "un aporte de observaciones al texto propuesto, con el objeto de enriquecer su contenido y garantizar la plena consecución de los objetivos propuestos, tomando en consideración la experiencia de otros Observatorios que funcionan en distintos puntos del país".
Y agregan que "la necesidad de explorar este tipo de caminos ha sido destacada por varios de los más prestigiosos especialistas de nuestro medio".

 

Privacidad.
La Asociación asegura que si se verifican los presupuestos de seguridad, es evidente que "no se destina dinero alguno a la investigación técnica del fenómeno de la delincuencia urbana: frecuencia, dinámica, modalidades, barrios, situaciones de riesgo, población de riesgo, etc. No se puede prevenir lo que no se conoce, pero a nadie la interesa conocer; luego, parece que a nadie le interesa prevenir".
Más allá de señalar que el proyecto "es necesario" y que, por ende, "debe ser apoyado", la Asociación dictaminó que "existen algunos aspectos que deben ser tenidos en cuenta al momento de su regulación, teniendo a su mejor funcionamiento sistemático, de acuerdo a los objetivos propuestos".
Uno de los puntos es "la obligación de suministrar información y el derecho a la privacidad e intimidad. Al tratarse de una facultad necesaria para cumplir adecuadamente sus funciones, el proyecto prevé que el Observatorio puede requerir a diversos entes estatales la información que sea necesaria para cumplir sus funciones. Para que ello no se torne ilusorio frente a la posible negativa el proyecto establece que la provisión de la información es obligatoria".

 

Cláusula.
Sin embargo, "dichos artículos también prevén que esa facultad puede ser ejercida frente a personas físicas privadas. Esta facultad debe ser tratada con suma cautela ya que en caso de un ejercicio arbitrario se encuentra en juego el derecho a la privacidad e intimidad previsto en los artículos 18 y 19 de la CN y 11 de la CADH".
La sugerencia de la APP es "la incorporación de una cláusula particular que establezca de modo específico el resguardo de la intimidad personal, como asimismo que la actividad del Observatorio no puede discriminar a las personas por su condición social, económica, o de cualquier otra índole".

 

No en el Ministerio.
La APP, en tanto, se opone a la dependencia del Ministerio de Seguridad de la provincia. "Apreciamos con preocupación que mediante el artículo 3, se establezca que el Observatorio es una entidad de carácter técnico dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de La Pampa. La experiencia indica la inconveniencia que los observatorios de esta índole tengan dependencia con las áreas gubernamentales cuyos resultados se pueden influir recíprocamente. El diseño institucional aconsejable para este tipo de organismos es el de la autonomía política y la autarquía financiera, de tal manera que sus actividades no se vean interferidas por aspectos coyunturales, propios de la gestión de gobierno", expusieron.

 

Acceso a la información.
La APP resaltó que el proyecto prevé como obligación del Observatorio "publicar la información, los análisis, las evaluaciones y las recomendaciones efectuadas" y "difundir los resultados de las investigaciones y los estudios". "Al tratarse de un ente que trabaja con la facultad de solicitar grandes cantidades de información, establecer la obligación de difundir los resultados obtenidos es un aspecto sumamente necesario, más aún al encontrarse en juego otro derecho fundamental como lo es el acceso a la información pública", señalaron.
Los abogadores apuntaron que "sería deseable que la legislación que crea al Observatorio prevea los mecanismos a seguir para obtener esa información y, además, una regulación detallada del modo en qué se difundirá periódicamente al público.
Concretamente, sugerimos la incorporación de una cláusula que garantice el acceso a la información al público en general, sin perjuicio de mantener la obligación de publicar, periódicamente, el resultado de los estudios que se realizan".

 

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