Domingo 21 de abril 2024

Ratifican una condena

Redacción 10/11/2017 - 01.29.hs

La Sala A del Tribunal de Impugnación Penal, conformada por los jueces Pablo Balaguer y Fernando Rivarola, no hizo lugar al recurso de impugnación presentado por un padre de 49 años y le confirmó la condena a 13 años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual agravado por acceso carnal, por ser el autor el progenitor de la víctima como delito continuado. La víctima fue su hija biológica que, al momento de los hechos, tenía 12 años.
Esa sentencia fue dictada el 9 de agosto por el entonces juez de audiencia de Santa Rosa, Miguel Gavazza. El recurso de impugnación lo presentó el 25 de agosto, por la defensora particular Vanessa Ranocchia Ongaro.
Gavazza, tras el juicio oral, había dado por demostrado que entre agosto y diciembre de 2015, el acusado comenzó a trabajar en un establecimiento rural cercano a Santa Rosa y que vivía allí. Su concubina, de la que estaba separado, se domiciliaba en la ciudad junto a los dos hijos de ambos, quienes los fines de semana visitaban al padre.
En un primer momento los tres dormían juntos en el campo, pero por cuestiones de comodidad, el hijo pasó a hacerlo en un colchón en la cocina y el imputado se quedó con su hija, en ese momento de 12 años, en la cama del dormitorio. En esas circunstancias, la niña fue abusada sexualmente por su padre biológico a través de tocamientos y penetraciones.

 

Defensa.
Ranocchia Ongaro cuestionó el fallo aduciendo que existió una errónea valoración de la prueba y dijo que la víctima mintió sobre cómo iba su hermano al campo y que, si lo hizo sobre ello, pudo hacerlo sobre otros hechos. Incluso remarcó que su relato no se condijo "con su nivel cultural y desarrollo intelectual y cognitivo".
También enfatizó que distintas profesionales llegaron a conclusiones distintos respecto a la niña, ya que mientras la psicóloga que la entrevistó en Cámara Gesell y la de la Oficina de Atención a la Víctima y a los Testigos "advirtieron indicadores de abuso en el relato de la víctima"; sus pares de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia y del colegio donde concurría, no".

 


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