Domingo 21 de abril 2024

Recálculo: impulsan solución

Redacción 01/11/2016 - 01.09.hs

La Cámara de Diputados de La Pampa comenzará a debatir esta semana un proyecto de ley que propone una reforma impositiva para dar respuesta y equiparar a los jubilados que reclaman por el recálculo de haberes, apuntando a establecer una alícuota diferencial para grandes contribuyentes de ingresos brutos.
En la propuesta, se plantea formar un Fondo Previsional Especial a cargo del Instituto de Seguridad Social, destinado a financiar a partir del 1º de enero del próximo año un Suplemento móvil de los haberes de los beneficiarios a los regímenes civil y docente que se jubilaron entre el 1º de enero de 19996 y el 2 de septiembre de 2010.
Con la recaudación obtenida por el incremento de las alícuotas, se busca equiparar a este grupo de jubilados que fueron perjudicados por la emergencia previsional con quienes se jubilaron bajo el régimen de la posterior ley provincial 2587. La equiparación implica la aplicación de 120 meses para determinar el cálculo del haber inicial del beneficio.
La iniciativa, del diputado Eduardo Tindiglia (Nuevo Encuentro), dispone que para determinar el beneficio a cada jubilado el ISS hará el cálculo y podrá ser objetado por el interesado. En rigor, a quienes se jubilaron en 1996 se les promedió 10 años de remuneraciones y a los que debieron hacerlo en 2010 obtuvieron un haber inicial al promediarse 24 años de salarios.

 

Perjuicio.
En definitiva, se produjo cierta desigualdad entre agentes que tuvieron trayectos laborales similares pero cuyos beneficios se obtuvieron antes de 1996 (el relación con el cargo del activo) o después de 2010 cuando entró a regir la ley 2587 que estableció 10 años de salarios promediables para determinar el haber inicial.
Si bien la ley 2587, que rige desde el 3 de septiembre de 2010 modificó la base de cálculo para el beneficio, no incluyó al grupo de jubilados que bajo la Emergencia Previsional fue víctima de la aplicación de un sistema de cálculo del haber inicial que no sólo generaba desigualdad de condiciones sino convalidaba un sistema confiscatorio de jubilaciones.
Tindiglia recordó que en 2012 Diputados aprobó una resolución donde se solicita a la Provincia que una vez firmado el convenio con Nación por el que se financia la ley 2587 -algo que se hizo recientemente-, inicie las gestiones para equiparar los haberes de estos jubilados y pensionados con quienes se jubilaron bajo el régimen de la ley provincial.
"La respuesta esperada es una ley de reparación previsional que equipare al conjunto de jubilados provinciales 1996-2010 con los actuales. En su reclamo, estos jubilados (son alrededor de 3.000) sostienen que son merecedores de una medida legal reparativa con respecto a la legislación regresiva que se les impuso en 1995", argumentó.
Agregó que "con este modelo neoliberal que hoy está de regreso (en la gestión de Mauricio Macri), el sistema solidario y de reparto pierde capacidad de financiamiento, por ello es que el presente proyecto de ley viene a proponer un financiamiento específico por vía impositiva para esta injusta situación previsional".

 

Los cambios.
El proyecto modifica el artículo 57 de la ley impositiva estableciendo en el caso de contribuyentes cuya sumatoria de bases imponibles, declaradas o determinadas por la Dirección General de Rentas, para el ejercicio fiscal 2015, atribuibles a la totalidad de las actividades desarrolladas -incluidas las exentas y/o no gravadas-, supere la suma de 100 millones de pesos hasta 200 millones, la alícuota que les corresponda por actividad/es gravada/s se incrementarán en un 10 por ciento; si superan los 200 millones hasta los 500 millones la alícuota que les corresponda se incrementará en un 20 por ciento y si superan los 500 millones la alícuota aumentará en 30 por ciento.

 

Una reforma "progresiva"
El proyecto de ley del kirchnerismo propone integrar un Fondo Previsional Especial para los jubilados que reclaman el recálculo, aunque sin hacer referencia a la retroactividad, recurriendo a la capacidad contributiva de personas jurídicas radicadas en la provincia que tienen un alto nivel de facturación, y se determina una alícuota ascendente en la medida en que sube el monto de facturación.
De este modo el gravamen es proporcional a los ingresos y además, se incluye a las Sapem como una forma de contribución por parte del Estado a integrar el fondo. Es decir, lo que se propone es que esta equiparación previsional sea financiada con una reforma impositiva progresiva, donde se grava con una alícuota diferencial a los grandes contribuyentes de ingresos brutos.

 

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