¿Salud gestiona los reintegros a las ART?
Sabado 09 de marzo 2024

¿Salud gestiona los reintegros a las ART?

Redacción 15/01/2015 - 01.35.hs

El diputado Carlos Bruno (Frepam) sospecha que el Estado provincial no gestiona el cobro a ART (Aseguradoras de Riesgos de Trabajo), obras sociales, prepagas y compañías de seguro, prestaciones que brinda el servicio de salud pampeano, "cuyo valor resulta exigible" a esas organizaciones. Desde la oposición pretenden conocer el total de gastos asumidos por Salud Pública y montos obtenidos por recupero de coberturas, en casos de accidentes de tránsito.
Por eso el legislador pretende que el Gobierno provincial informe sobre estadísticas accidentológicas en el ámbito de la provincia, "especialmente las relacionadas con lesiones que obligan a derivaciones de los protagonistas a centros asistenciales públicos y/o privados".
En un pedido de informes que presentará hoy, Bruno quiere saber además "aplicación y resultados de la normativa vigente en el ámbito del Ministerio de Salud, respecto del recupero de gastos por la atención de pacientes que poseen cobertura prestacional por parte de aseguradoras, ya sea de riesgos del trabajo o por accidentes, como asimismo obras sociales y prepagas".

 

Grandes gastos.
El diputado radical expresa que son "numerosas las sugerencias, opiniones, quejas y reclamos que se reciben exigiendo que, desde nuestra tarea como legisladores, se asegure para el sistema de salud provincial, la cobertura de los gastos ocasionados por las personas accidentadas, más allá de su responsabilidad o no sobre el siniestro, cuando son atendidas en los establecimientos asistenciales estatales".
Agrega que alcanza con recorrer las estadísticas accidentológicas provinciales, revisar los archivos de atención de los establecimientos asistenciales, cotejar los gastos en tratamientos tanto de los estados agudos como de las secuelas que persisten, para entender "los ingentes gastos que, para el erario público, significan".

 

Pagar o no pagar.
Sostuvo que se buscaron datos en la página web oficial del Ministerio de Salud, donde encontró la normativa aplicable a las distintas categorías de pacientes que se atienden en el sistema. A los fines de su obligación de pago se categorizan en no contribuyentes, mutualizados con capacidad de pago y sin capacidad de pago, contribuyentes A, contribuyentes B y los no residentes en la Provincia que demanden atención. "Las personas se ubican en unas u otras según su situación socio económica en un amplio arco que va desde la gratuidad absoluta para los no contribuyentes hasta la obligación de pago total para los no residentes".
Razonó que la ciudadanía "no puede ni debe cubrir gastos de situaciones que, por ley deben estar totalmente o al menos en gran parte, cubiertas por seguros adecuados de protección".

 

¿Se gestiona el cobro?
Ejemplificó señalando que la Ley Nacional de Tránsito 24449, en su articulado da cuenta que "los gastos de sanatorio o velatorio de terceros, serán abonados de inmediato por el asegurador, sin perjuicio de los derechos que se pueden hacer valer luego".
Bruno desconfía de que el Estado provincial se encargue que las aseguradoras u organismos que deben responder lo hagan. "Si no se les reclama no van a venir a decir nos hacemos cargo de determinada prestación", opinó.

 


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