Se promulgó la ordenanza anti-BLP
Viernes 08 de marzo 2024

Se promulgó la ordenanza anti-BLP

Redacción 28/11/2016 - 01.20.hs

El intendente Leandro Altolaguirre promulgó la ordenanza por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo del municipio a realizar aperturas de cuentas corrientes o cajas de ahorro en cualquier entidad financiera regida por la Ley 21.526 de Entidades Financieras.
La ordenanza aclara que se le da prioridad a las siguientes entidades: Banco de la Provincia de La Pampa, Banco de la Nación Argentina, Banco Hipotecario S.A. y Banco Credicoop Coop. Ltdo. La promulgación se publicó través de la Resolución 1246/2016. En ese marco, la comuna resaltó que "la apertura de cuenta deberá ser realizada por Resolución Municipal y la cuenta corriente abierta deberá informarse a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas del Honorable Concejo Deliberante en el plazo de 10 días corridos, con copia al Jefe del Cuerpo de Relatores".
Junto con la resolución de apertura de la cuenta deberá incluirse un considerando donde se explique la forma en que se va a operar con dicha cuenta y en caso de ser necesario deberá acompañarse con el respectivo proyecto de modificación del marco vigente de rendición de cuentas (Ordenanza 2830/01 y sus modificatorias), se agregó.

 

Inversiones.
También se autorizó al Departamento Ejecutivo a efectuar colocaciones de fondos disponibles en inversiones que tengan por fin primordial el mantenimiento del poder adquisitivo de los recursos. Dichos fondos podrán canalizarse a través de cualquier entidad financiera regida por la Ley N° 21526 de Entidades Financieras en las cuales el Municipio tenga cuenta habilitada.
También a través de la misma Ordenanza, se faculta al Ejecutivo Municipal, a reglamentar la aplicación del artículo 5° de la misma, previendo que en colocaciones de inversiones a "Plazo Fijo", se deberá priorizar por canalizar las mismas a través de las siguientes entidades, y en el Orden que se detalla a continuación: Banco de La Provincia de La Pampa, Banco de la Nación Argentina, Banco Hipotecario S.A. y Banco Credicoop Coop Ltdo. Siempre que, la tasa ofrecida por dicha institución, sea igual o superior a la del resto de las instituciones consultadas.

 


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