"Se opone a la ley"
Lunes 11 de marzo 2024

"Se opone a la ley"

Redacción 21/09/2015 - 02.13.hs

El diputado Berhongaray advirtió que las obras hidroeléctricas en Mendoza y en San Juan, que presupuestó Nación para 2016, en realidad "no se pueden incluir sin la aprobación de las provincias". Los proyectos de Portezuelo del Viento, Los Blancos y El Tambolar perjudican los intereses de La Pampa en los ríos interprovinciales.
El diputado Martín Berhongaray (Frepam) criticó al gobierno nacional por presupuestar para el año próximo la construcción de Portezuelo del Viento, Los Blancos y El Tambolar, dos obras hidroeléctricas de grandes dimensiones en ríos que integran las cuencas del Colorado y del Desaguadero-Salado-Chadileuvú y que perjudican a La Pampa.
"No se puede incluir este tipo de obras en el presupuesto nacional sin el previo análisis y aprobación por todas las provincias condóminas de los ríos", aseguró el legislador radical sobre el financiamiento previsto para la construcción de los diques en Mendoza y San Juan.
Para Berhongaray, las obras de infraestructura que puedan afectar el escurrimiento de los ríos interprovinciales y perjudicar el ambiente no pueden ser decididas ni por el Poder Ejecutivo Nacional ni tampoco por el Congreso de la Nación sin la previa discusión y autorización en los comités de cuenca correspondientes.
"La exigencia del previo análisis y aprobación de cada proyecto por parte de todas las provincias condóminas surge de la propia Constitución Nacional reformada en 1994, de la Ley General del Ambiente 25675 y particularmente de la Ley 25688 de Régimen de Gestión Ambiental de Aguas", agregó el diputado.
LA ARENA reveló en su edición de ayer que las obras hidroeléctricas Portezuelo del Viento y Los Blancos, en la provincia de Mendoza, y El Tambolar, en San Juan, estaban en los presupuestos anteriores pero en esta oportunidad cuentan con partidas mucho más grandes, y sobre todo un pedido expreso de Nación para iniciar la construcción.

 

Principio.
La Pampa resiste a estas obras porque perjudica sus intereses sobre ríos interprovinciales. Según Berhongaray, existe un Principio de unidad de cuenca que "al considerar su integralidad, reconoce como premisa básica la coordinación institucional y la participación activa en toda las decisiones de manejo de aquellas jurisdicciones que sean cotitulares del recurso".
En 1987, la Corte Suprema de Justicia de la Nación indicó puntualmente a este principio como punto de partida en función del cual las provincias deben administrar mediante tratados sus ríos interprovinciales.
Sobre esto, Berhongaray afirmó que la construcción de los diques "es ilegal, porque se opone a estos cuerpos normativos y a lo establecido en diversos tratados internacionales, decidir la construcción de represas incluyéndolas en el Presupuesto Nacional sin cumplimentar previamente la consulta y obtener la aprobación de cada una de las provincias que son copropietarias de los ríos que puedan verse afectados por las obras".

 

Comités de cuenca.
"Una de las grandes tareas pendientes consiste en avanzar en la conformación e integración de los comités de cuenca creados por la Ley 25688 del año 2002. Los poderosos intereses económicos y políticos que existen detrás de la explotación de los recursos hídricos vienen impidiendo el dictado de las normas, decretos y leyes, que brinden plena operatividad a la gestión compartida e indivisible de los ríos interjurisdiccionales", comentó el diputado.

 


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