Jueves 11 de abril 2024

Se realizó la primera mediación a distancia

Redacción 23/11/2014 - 03.24.hs

El caso de mediación judicial se desarrolló vía "Skype", un sistema que permite una comunicación de texto, voz y video a través de internet, para definir un caso de régimen de visitas y alimentos.
La Justicia pampeana, a través del nuevo procedimiento de mediación judicial obligatoria dio un nuevo paso en su objetivo de responder a la demanda social de resolución de conflictos en tiempos razonables.
El viernes se registró otro avance en esa dirección, al realizar en General Pico la primera mediación a distancia a través del uso del sistema informático "Skype", que permite comunicaciones de texto, voz y video a través de internet.
Se trató de un caso de régimen de visitas y alimentos y se recurrió a esa tecnología por la imposibilidad de una de las partes de concurrir personalmente a la audiencia, ya que se domicilia en Neuquén, mientras que la otra habita en La Pampa.
La mediación fue exitosa debido a que se llegó a un acuerdo integral y para ello fue esencial la colaboración de todos los participantes, incluyendo las propias partes, sus abogados, los mediadores y los funcionarios judiciales, de acuerdo a lo consignado a través de un informe de la Oficina de Comunicación Institucional del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de La Pampa.
"Aunque en algún momento surgieron dificultades técnicas, que se irán solucionando en próximas audiencias, ellas pudieron subsanarse con el uso de otros recursos comunicacionales como el teléfono en altavoz y el fax. Pero más allá de esos inconvenientes, lo importante fue que se garantizó el derecho de acceso a la justicia -que a veces resulta dificultoso hasta por cuestiones aparentemente menores como la distancia física-, y que, además, se lo hizo de un modo ágil y eficaz", se destacó en el informe del STJ.

 

Desde noviembre.
La Ley de Mediación Integral, que comenzó a regir en La Pampa desde el 1º de noviembre, es un método no adversarial de resolución de conflictos y su implementación significó el cambio procedimental más importante desde que hace tres años se implementó el nuevo Código Procesal Penal.
Con esta norma se pretenden solucionar cuestiones controversiales de común acuerdo y en forma relativamente rápida, ya que los procesos no pueden durar más de 60 días hábiles. A los litigantes se les asegura neutralidad, igualdad, imparcialidad, oralidad, confidencialidad de las actuaciones, comunicación directa entre las partes, celeridad, economía procesal y, fundamentalmente, una composición satisfactoria de intereses.
El Centro Público de Mediación Judicial y la Oficina de Mediación de General Pico funcionan en calle 18 Nº 978 (teléfonos 02302-427536/425058), mientras que la Oficina de Santa Rosa está ubicada en avenida Uruguay 1097 (Centro Judicial, Fuero Penal, primer piso, teléfonos 02954-452031/452032/452036).
También se aclaró en el comunicado que "la foto aparece borrosa porque, justamente, uno de los requisitos de las audiencias es la confidencialidad" y "por esa misma razón no pueden divulgarse otros datos de la audiencia".

 


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