Martes 23 de abril 2024

Tindiglia: "Hay falta de sensibilidad del STJ"

Redacción 17/09/2016 - 01.39.hs

El diputado Eduardo Tindiglia (Nuevo Encuentro) mostró su disconformidad con el fallo del Superior Tribunal de Justicia que rechazó el planteo de recálculo de haberes ante el reclamo de un jubilado pampeano y aseguró que "es llamativa" la resolución porque "atenta contra la calidad de vida de un jubilado, desatendiendo sus derechos previsionales y el derecho a no discriminación, ambos reconocidos por tratados internacionales".
"El concepto de justicia se aleja del pueblo cuando quienes tienen en sus manos la valiosa tarea de impartirla, se endurecen cada vez más, con severas condenas que afectan a ciudadanos y ciudadanas de sectores vulnerables, y es altamente permisiva con aquellos que permanecen cercanos al poder. Es incomprensible la falta de sensibilidad social al momento de velar por los derechos de todos y todas y el Poder Judicial no muestra apuro alguno para resolver la condena de quien hoy es un cuestionado ministro de Seguridad (Juan Carlos Tierno)", dijo el legislador.
De esa forma, Tindiglia se refirió al fallo de la Sala C del STJ integrada por su presidente José Sappa y la vocal Elena Fresco, que cerró la puerta al "recálculo de haberes", un reclamo que desde hace años sostienen casi 3 mil agentes públicos jubilados (docentes y civiles que se jubilaron entre los años 1996 y 2010) y que se vieron perjudicados por la Ley de Emergencia Económica de la década del 90, una época signada por quita de derechos laborales y previsionales.
El referente de Nuevo Encuentro, además, señaló también que "ni siquiera contemplan la avanzada edad de las y los jubilados que pelean por el recalculo, hombres y mujeres que trabajaron durante años en la administración pública, en la docencia y tienen que estar en la calle luchando por sus derechos. Debería darle al menos vergüenza esta situación al Poder Judicial. Con fallos como este actúan en complicidad con las políticas neoliberales".
La sentencia fue dictada por el máximo órgano judicial pampeano, en base a lo dictaminado por el Procurador General de la Provincia en la causa caratulada "Gallo, Alberto Alfredo c/ Instituto de Seguridad Social s/ Demanda Contencioso Administrativa". A pesar de este pronunciamiento, el demandante tiene reservada la causa en el fuero federal y puede recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación como última instancia.
El fallo fue cuestionado por el grupo de jubilados que reclaman el recálculo, y pide también una decisión política desde la Casa de Gobierno o la Legislatura. Blanca Vercellino, jubilada provincial, recordó en Radio Noticias que la Ley de Emergencia Previsional en La Pampa "estableció un ajuste en todo el sistema jubilatorio y cuestionamos la fórmula de cálculo del haber inicial. Es diferente a todas las fórmulas que hay en el país y en la historia del sistema previsional argentino".
Agregó que con esa norma "se establecieron fuertes diferencias entre iguales, porque no es lo mismo jubilarse con el promedio de 10 años o de 24; o hacerlo con el 82 por ciento móvil o con 30 años de promedio. Acá quedaron tres categorías de jubilados: los anteriores a 1996, los tres mil de la Ley de Emergencia, y los de después de 2010 cuando se mejora la base de cálculo y aparece otra categoría de jubilados. Nos aplicaron la lógica de capitalización de las AFJO de los años 90".

 

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