Martes 23 de abril 2024

Una pena en suspenso

Redacción 24/04/2015 - 01.34.hs

Una muerte a la salida de un boliche céntrico concluyó con una pena de prisión en suspenso porque la justicia consideró que el imputado no tuvo intenciones de matar cuando le pegó una trompada a la víctima.
La sentencia de la Cámara en lo Criminal 1 fue dictada días atrás. La jueza Alejandra Ongaro dio por demostrado que el 22 de agosto de 2008, a las 5.30, en circunstancias en que salían de un local bailable ubicado en Pellegrini, entre 9 de Julio y Quintana, Santiago Eduardo Heick "le aplicó un golpe de puño" a Dionisio Andino y lo tiró al suelo. El agredido sufrió un traumatismo de cráneo violento y como consecuencia de esa lesión falleció a los seis días en el hospital Lucio Molas.
Ongaro, por la vía del juicio abreviado, condenó a Heick a dos años de prisión de ejecución condicional, por ser autor material y penalmente responsable del delito de homicidio preterintencional (artículo 81, inciso 1º, apartado b del Código Penal), y le fijó como regla de conducta que durante ese tiempo debe fijar domicilio y comunicar cualquier cambio que se produzca.
El abreviado fue solicitado de común acuerdo por el fiscal Jorge Amado, el defensor oficial Alejandro Osio y el imputado, de 38 años y domiciliado en Naicó. La investigación estuvo a cargo del Juzgado de Instrucción y en lo Correccional N° 3.
El hecho en sí -golpe de puño- fue admitido por todos los testigos y hasta por Heick, aunque hubo dos versiones de cómo fueron los momentos previos.

 


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