Miércoles 10 de abril 2024

A prisión efectiva por robo

Redacción 28/12/2018 - 02.02.hs

Santiago David Valdez, un pintor de 24 años, fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por resultar autor del delito de robo calificado por el uso de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no ha podido ser acreditada. Además, se le revocó el beneficio de la libertad condicional y se le unificó la sanción con otra anterior en una pena única de cinco años y seis meses de prisión.
La sentencia fue firmada por el juez de control de Santa Rosa, Néstor Daniel Ralli, a partir de un acuerdo de juicio abreviado rubricado por la fiscala Cecilia Molinari, el defensor oficial Martín García Ongaro y el propio acusado. Valdez tenía una condena unificada en cinco años que había sido dictada, en otro abreviado, el 22 de marzo de este año; habiendo recibido el 18 de junio el beneficio de la libertad condicional. La víctima, al ser informada por la fiscalía, también prestó su conformidad.

 

En un mes.
En este expediente se probó que hace un mes, el 25 de noviembre a la tarde, Valdez le sustrajo a un hombre un celular cuando éste iba caminando por la calle Varela, en el barrio Plan 5000 de Santa Rosa. Previamente le había pedido el teléfono para efectuar una llamada, y en ese momento, "sacó un arma de fuego de su cintura, colocándosela sobre el pecho a la víctima y manifestándole que saliera porque si no iba a pegarle un tiro". También le dijo: "No me mandes en cana porque te prendo fuego la casa". Tras ello, se fue en un Fiat Uno blanco.
"La conducta endilgada al imputado resulta constitutiva del delito de robo calificado por el uso de arma de fuego", indicó Ralli. "Más allá del reconocimiento realizado por él, considero que el hecho se encuentra debidamente probado, teniendo en cuenta que se incorporaron como pruebas de cargo, las declaraciones del damnificado y un testigo, el acta de reconocimiento del vehículo secuestrado y los audios y capturas de pantalla aportados por el denunciante, que corroboraron no solo que el hecho sucedió sino la vinculación del encartado con el mismo", cerró el juez en su fallo.

 

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