Miércoles 10 de abril 2024

Absolvieron a un conductor condenado por homicidio culposo

Redacción 26/02/2019 - 13.54.hs

El Tribunal de Impugnación Penal hizo lugar a un recurso de impugnación y absolvió a un hombre del delito de homicidio culposo, agravado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor. Los jueces de la Sala A, Filinto Rebechi y Mauricio Piombi, señalaron que la maniobra de esquive realizada por el imputado “no fue la causa determinante de la producción del accidente que le costara la vida a un hombre de 38 años", sino que “se vio obligado a tomar dicha medida (frenar y dirigirse hacia su izquierda)” para evitar colisionar con una camioneta Toyota.

 



La jueza de audiencia de Santa Rosa, Alejandra Flavia Ongaro, había condenado el 7 de diciembre pasado a al hombre de 35 años, profesor de educación física, a dos años de prisión en suspenso y cinco de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor, como autor del delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria. A su vez había absuelto a un jubilado de 66 años, quien había sido acusado del mismo delito por el Ministerio Público Fiscal y la querella, por aplicación del beneficio de la duda.

 



Ongaro había dado por acreditado que el 3 de diciembre de 2012 se produjo una colisión fronto-angular entre un Chevrolet Corsa, conducido por el profesor de educación física y una camioneta Toyota Hilux, entre los kilómetros 340 y 341 de la ruta provincial 20.

 



Indicó que el primero iba en dirección oeste-este y la camioneta en sentido contrario, cuando "por causas que se desconocen, el hombre de 35 años perdió el control del vehículo, lo que lo llevó a desviarse de su carril, ingresar por el que circulaba el jubilado y –en su desplazamiento y abandono de su propio carril–, dejó sobre el pavimento rastros de fricción de neumáticos de una longitud aproximada de 8,60 metros. A consecuencia del impacto, el otro hombre sufrió lesiones fatales, que provocaron su deceso inmediato en el lugar del hecho". La víctima era amigo del condenado.

 



Esa resolución fue recurrida por el defensor particular del hombre de 35 años, Sergio Darío Fresco, quien adujo que existió una errónea valoración de la prueba que se recopiló durante el debate oral. El TIP declaró admisible el recurso y planteó que debía pronunciarse acerca de si el accidente se produjo o no por un accionar imprudente del imputado.

 


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