Lunes 15 de abril 2024

Abusador fue condenado a 15 años

Redacción 21/09/2018 - 00.33.hs

(General Pico) - Un hombre de 50 años de edad fue condenado a la pena de 15 años de prisión, luego que la Justicia piquense acreditara que abusó sexualmente de dos menores de edad, una de las cuales es su hija biológica menor de edad, la cual padece de un retraso mental y quedó embarazada tras estos hechos. La otra víctima, le había sido dada en guarda por la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia de la Unidad Regional II. El magistrado criticó en el fallo esta determinación del organismo oficial.
La sentencia fue dictada por el juez de audiencia Carlos Pellegrino, quien condenó al imputado por las figuras de Abuso sexual con acceso carnal, calificado por el vínculo, como delito continuado, en dos hechos.
El caso se debatió en los tribunales de esta ciudad, a lo largo de dos jornadas, durante los días 11 y 12 de septiembre pasado, con la actuación de los fiscales Luciano Rebechi y Juan Pellegrino, y de la defensora oficial María José Gianinetto.
El proceso se inició luego que el hombre fuera acusado de haber abusado sexualmente en reiteradas oportunidades de su hija de 16 años de edad, la cual producto de esto, quedó embarazada y fue madre de una criatura. También se lo acusó de haber abusado el año anterior, de una adolescente que era amiga de su hija y que estaba en guarda en su domicilio.

 

Víctimas adolescentes.
Con las pruebas debatidas durante el juicio, Pellegrino analizó cada uno de los casos por separado. En referencia a los abusos contra su hija, indicó que "la difícil historia de vida de la menor, muestra a una joven con retraso mental, carencia afectiva, sin desarrollo de mecanismos de defensa y en riesgo, con una marcada vulnerabilidad", y que ello fue usado por su padre consumar el acceso carnal. En el mismo sentido, relató que esto se dio en reiteradas oportunidades, puesto que "la convivencia con su progenitor era la única posible, al ser expulsada del hogar de su madre".
El magistrado señaló en el fallo que el imputado "reconoció la existencia de los abusos", y que para perpetrar estos hechos "existió violencia, amenazas y un abuso coactivo de una relación de dependencia marcada por el vínculo familiar y la soledad afectiva de la víctima. La joven resultó imposibilitada de expresar su oposición a los abusos sexuales practicados por su propio padre, que solo se interrumpieron con la llegada de la otra víctima, su amiga, al domicilio que compartían, cambiando así de víctima".
En referencia a la segunda víctima, Pellegrino calificó de "pésima" a la "decisión del equipo técnico, perteneciente a la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia, de la Unidad Regional II de General Pico, que permitió que la menor continuara alojada en el referido domicilio, otorgándole la guarda al imputado". La menor llegó a su vivienda, en virtud de conocimiento con su hija biológica, habiendo huido del domicilio de su madre.
En otro tramo de la sentencia, el magistrado agregó que "la llegada de la joven al domicilio del imputado, posibilitó el cambio de víctima, dejando de ser abusada la hija biológica del mismo, para ocupar su lugar la joven".
Al momento de merituar la pena solicitada por los fiscales, tuvo en cuenta "la multiplicidad y repetición de los actos, la existencia de dos víctimas, la extensión del daño causado, el aprovechamiento del estado de vulnerabilidad y desprotección en que se encontraban las adolescentes".

 

Ratifican pena a castense
La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, conformada por los jueces Fernando Rivarola y Mauricio Piombi, no hizo lugar al recurso de impugnación interpuesto por el defensor oficial Juan José Hermúa y, de ese modo, confirmó la condena unificada contra Emiliano Iván Sánchez a tres años de prisión de cumplimiento efectivo.
El TIP, al denegar el recurso defensivo, ratificó en un todo la sentencia que había dictado el juez de audiencia de Santa Rosa, Daniel Sáez Zamora, el 27 de marzo. En esa ocasión, el magistrado había condenado a Sánchez a un año de prisión por ser autor de los delitos violación de domicilio, resistencia a la autoridad y lesiones leves calificadas. Además le revocó una pena condicional anterior y le unificó ambas en una pena única de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.
Ahora, Rivarola y Piombi confirmaron lo probado en el juicio oral: que el acusado, el 16 de abril de 2016, había ingresado sin permiso a la casa de una vecina, en Eduardo Castex, y la mujer al verlo le pidió que se retirara. Luego, y a pedido de la damnificada, la policía realizó “un procedimiento de requisa personal a los tres sujetos –entre ellos Sánchez– que estaban en la vía pública”.
Cuando vio a la policía, el imputado dijo que iría “a buscar un fierro para matarlos” y corrió hacia su domicilio, ubicado al lado del de la mujer. Un oficial lo persiguió, lo atrapó y en el forcejeo recibió arañazos en la cara. Con la ayuda de otro policía, Sánchez fue detenido, aunque luego le dio un cabezazo a uno de ellos, provocándole lesiones, cuando estaba adentro de un

 


' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?