Lunes 15 de abril 2024

Abusó de su hermana pero no irá preso

Redacción 05/09/2018 - 01.35.hs

El juez de audiencia piquense, Marcelo Pagano, acreditó que durante un año, un joven abusó sexualmente de su hermana adolescente, la cual padece un retraso madurativo. Sin embargo le dictó la responsabilidad penal, dado que al momento en el que ocurrieron los hechos investigados, el imputado era menor de edad.
Ayer al mediodía el magistrado le declaró la responsabilidad penal a un joven, que al momento en el que cometió los hechos que se le imputaron, tenía 16 años de edad. Así lo determinó luego tras probar que fue el autor del delito de Abuso sexual con acceso carnal agravado por la continuación en el tiempo y por haber sido el hermano de la damnificada.
Pagano dio a conocer el resultado del fallo ayer al mediodía, tras un debate oral que se llevó a cabo a puertas cerradas desde el 24 al 27 de agosto. Durante el proceso la investigación la llevó adelante la fiscal Ana Laura Ruffini, de la Fiscalía Temática de Delitos de Género; y la defensa la ejerció la defensora oficial María José Gianinetto.
Durante el debate que se llevó a cabo en los tribunales de esta ciudad el imputado hizo uso de su derecho a declarar, y en su intervención negó los cargos que se le imputaron. En el mismo sentido declararon otras personas del entorno familiar, como el padre y un hermano del acusado y de la víctima. Pese a ello, el sentenciante le dio mayor valoración a los dichos de la víctima.

 

Argumentos.
La causa se originó a raíz de la denuncia que hizo una asistente social de la Subsecretaría de Política Social de la Delegación de la zona norte del gobierno provincial, quien manifestó que la menor víctima había sido abusada por su hermano, también menor de edad.
El juez dio por probado que entre el año 2012 y comienzos del año 2013, el imputado accedió carnalmente a su hermana, quien posee un retraso mental y en esa fecha tenía entre 14 y 15 años de edad.
El juez afirmó en el fallo que "más allá de la negativa del imputado y de su entorno familiar respecto a la existencia y consecuente autoría, parto de la base de la valoración de los dichos de la víctima, a lo que agrego la importancia que en este caso en particular tienen los comentarios que la damnificada hiciera a cuatro personas (dos cuidadoras, una asistente social y una psicóloga judicial) en distintos momentos, los que coinciden".
El magistrado además agregó que "si de por sí estos relatos son tenidos en cuenta cuando abordamos este tipo de delitos a los que denominamos 'intra muros', con más razón cuando la víctima tiene grandes limitaciones de expresión a consecuencia de su retraso mental".
En el tramo final de la sentencia, refirió que el pedido de la Fiscalía de declarar la responsabilidad al imputado, era lo correspondiente puesto que al momento de "radicada la denuncia que diera origen a esta causa, el acusado contaba con 16 años de edad. El fallo fue remitido al Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes.

 


' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?