Viernes 12 de abril 2024

Atuel: La Pampa pide mañana a la CSJN que fije el caudal

Redacción 21/10/2018 - 00.15.hs

Mañana a primera hora, el Poder Ejecutivo pampeano presentará ante la Corte Suprema de Justicia el escrito con sus conclusiones y pedidos luego que finalizara el período de negociación que ordenó para acordar con Mendoza y la Nación el caudal que le corresponde a La Pampa y las obras a realizar en el cauce del río Atuel. En el texto pedirá que se cumpla lo que ella misma ordenó hace un año: un caudal hídrico apto para recomponer el ecosistema del oeste pampeano, un mandato que hasta ahora no se cumplió. Si no se logró en estos 300 días, fue culpa de Mendoza y de Nación, se advierte allí.
El 16 de octubre venció el plazo, extendido en su planteo inicial, que hace casi un año dispuso la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que La Pampa, Mendoza y la Nación determinen un "caudal hídrico apto para la recomposición del ecosistema del oeste pampeano" primero, y un paquete de obras a realizar en el cauce del río Atuel, a continuación.
El plazo llegó a su fin y las partes no pudieron ponerse de acuerdo en los aspectos principales -caudal mínimo y obras estructurales y no estructurales- aunque las sucesivas reuniones permitieron acercar posiciones en otros aspectos vinculados al manejo del río.
Aquella resolución de la Corte Suprema fue producto de la demanda que en el año 2014 planteó La Pampa contra Mendoza, conocida como "Segundo juicio por el corte del Atuel", señalando en este caso el incumplimiento de la sentencia del año 1987 y el consecuente daño ambiental, productivo y social generado por ese comportamiento.
El 1 de diciembre de 2017 la Corte Suprema emitió una resolución que, sin representar sentencia definitiva, marcó un rumbo a seguir y sentó una fuerte posición a favor del ecosistema como nuevo paradigma en el ámbito judicial. De hecho, el entonces presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, destacó los alcances de esta resolución en publicaciones académicas de jerarquía internacional.
La resolución del año pasado marcó varias definiciones importantes: el agua como parte de un ecosistema principalmente, y su carácter productivo en segundo lugar; la necesidad de mantener negociaciones de buena fe y conducentes hacia resultados concretos, y la jerarquización de la Comisión Interprovincial del Atuel Inferior como organismo de cuenca y con un activo papel de parte del gobierno nacional.
Pese a la trascendencia de esa resolución, las expectativas pampeanas no se han visto colmadas ante la constante reticencia de Mendoza y un comportamiento sinuoso de parte del gobierno nacional, que prefirió mantener un papel distante antes que el involucramiento que habían ordenado los jueces superiores.

 

Borrador.
En el día de ayer, LA ARENA tuvo acceso al escrito que el lunes presentarán los abogados del Estado pampeano ante la Corte Suprema de Justicia. Seguramente en estas horas el texto será pulido y concluido.
Uno de los argumentos centrales sobre los que gira la presentación es que La Pampa demostró con solvencia cuál es el "caudal hídrico apto" para recomponer el ecosistema del oeste pampeano, algo que ni Mendoza ni Nación han cumplido. Se fundamenta en el "Estudio para la determinación del caudal fluviecológico mínimo" que años atrás realizaron científicos de la Universidad Nacional de La Pampa y que señaló un escurrimiento de 4,5 metros cúbicos por segundo en el puente de los Vinchuqueros -ingreso del cauce a territorio pampeano- como el valor de base para lograr el mantenimiento del estado natural del río y su entorno.
"Por el contrario, Mendoza y el Estado Nacional han pretendido fijar un caudal mínimo, o un valor mínimo de referencia, respectivamente, basado en métodos hidrológicos, de aplicación empírica, realizado en escasos días en un caso, y en más de diez meses, en el otro; sujetándolo en ambas propuestas a la realización de obras, desoyendo la orden judicial contenida en el punto II de la sentencia", dice el borrador.
"Dichos métodos, como ha quedado demostrado -continúa-, en nada tienen en cuenta la fijación de caudales de acuerdo a un régimen natural, motivo por el cual, se reitera, no resulta apto para los fines explicitados por la sentencia del 1 de diciembre (de 2017)".

 

Urgente fijación.
"Cerrado este proceso, resulta elocuente la extrema e imperiosa necesidad de urgente fijación de un caudal tendiente a recomponer el ecosistema en el noroeste pampeano, que ya no resiste más demoras, y ello ha sido demostrado en toda la actuación resumida en este informe y en los presentados anteriormente".
La "frustrada negociación" entre las partes, que luego de 300 días no ha logrado acuerdos trascendentes, "ha generado una profunda desazón en las autoridades y pueblo de La Pampa", que veían a esta etapa como "un inicio de reparación histórica con el noroeste de su territorio, ordenada por el Máximo Tribunal de la Nación, a través de lo que se entendió como una restitución del río robado, mediante el otorgamiento de un caudal hídrico apto para recomponer el ecosistema".
El borrador concluye con un enfático pedido para que sea el máximo órgano judicial el que determine el valor de ese caudal y ordene su cumplimiento: "Agotadas las instancias, cumplidos los plazos establecidos por la CSJN, la Provincia de La Pampa reitera su petición fechada el 21 de febrero de 2018, dejando nuevamente en sus manos un detallado informe en el cual se han plasmado todas las actuaciones, solicitando sea esta propia Corte Suprema de Justicia quien fije, a falta de acuerdo entre las partes, un caudal hídrico apto para recomponer el ecosistema en el noroeste de la Provincia de La Pampa, que escurra de manera inmediata y permanente por el territorio afectado, teniendo en cuenta a tal fin los parámetros establecidos en su propuesta de determinación".

 


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