Lunes 15 de abril 2024

Condenan a abusador de su hijo biológico

Redacción 27/03/2019 - 00.38.hs

(General Pico) - El Tribunal integrado por los jueces piquenses, Marcelo Pagano, Jimena Cardoso y María José Gianinetto, condenó ayer a cinco años de prisión a un hombre de 47 años, tras encontrarlo culpable de los delitos de Amenazas agravadas por el uso de arma, en perjuicio de su ex pareja y del hijo que tienen en común. También lo penó por las figuras de Abuso sexual simple agravado por el vínculo y Exhibiciones obscenas agravadas por la edad del menor, como delito continuado, que damnificaron al niño. Además lo sobreseyó del cargo de Promoción y Facilitación a la corrupción de un menor, por el que lo había acusado la fiscalía.
La investigación judicial del caso la llevó adelante el fiscal Luciano Rebechi, de la fiscalía temática de delitos de género y contra la integración sexual. Además, la madre del menor, quien denunció los hechos investigados, se constituyó como querellante y estuvo patrocinada por los abogados Gabriel y Martín Navarro. La defensa la ejerció el letrado local Sergio Fresco.
Los hechos investigados se debatieron a lo largo de tres largas jornadas que se desarrollaron hace dos semanas en los Tribunales de esta ciudad.
Durante el juicio declaró la denunciante; personal de la Unidad Funcional de Género Niñez y Adolescencia de la UR II de Policía; vecinos del imputado; el psiquiatra forense Marcos Koncurat; el psicólogo Marcos Verna; y las psicólogas del Poder Judicial que entrevistaron al menor en Cámara Gesell y que realizaron la pericia del acusado.
Una vez concluida la rueda testimonial, las partes presentaron sus alegatos finales. En esta instancia, el fiscal pidió una condena de diez años de prisión; la querella solicitó 15 años; y la defensa se pronunció por la absolución del imputado, tras diferir con los argumentos sostenidos por la fiscalía en lo relativo al relato de los hechos, la calificación jurídica, la tipificación de los hechos imputados y la pena solicitada.

 

Abuso sexual.
El Tribunal dio por probado que el 29 de octubre de 2017, en el domicilio donde convivían la mujer, el imputado y el hijo que tienen en común, el acusado intentó ingresar al dormitorio en el que la mujer dormía encerrada junto a su hijo. Al no poder entrar, comenzó a golpear la puerta con un cuchillo y a manifestarle: "Ya vas a ver lo que te va a pasar".
En referencia a los delitos que damnifican al menor, los jueces acreditaron que el acusado miraba películas pornográficas en la misma habitación en la que estaba su hijo, y que se masturbaba delante de él.
También quedó demostrado que el menor "involuntariamente observó a su padre desnudo cuando éste se encontraba en la habitación. Hasta aquí podría ser considerado como una situación incómoda, pero el accionar posterior del acusado exhibiéndole su miembro viril, mientras se lo tomaba con las manos es claramente un accionar destinado a que el sujeto pasivo viera su desnudez y, de esta forma, se tiene por configurada la figura penal enrostrada".
El menor expresó en Cámara Gesell que su padre jugaba con él, tocándole sus partes íntimas por encima del pantalón y que a él no le gustaba.
Sobre esto, los jueces entendieron que quedó demostrado que "en innumerables oportunidades el acusado tocó a su hijo menor (de 7 años), tanto en la zona genital como en la cola; y que en varias oportunidades permitió que el niño observara películas pornográficas mientras se masturbaba, y que vea sus partes íntimas para luego mostrárselas deliberadamente".
Sobre las figuras aplicables, el Tribunal coincidió con las partes acusadoras respecto a las figuras de Abuso sexual simple agravado por el vínculo y Exhibiciones obscenas agravadas por la edad del menor.
En referencia a la figura de "Promoción y facilitación a la corrupción de un menor de 18 años de edad", los jueces consideraron que si bien "los acusadores han sostenido que los abusos sexuales y las exhibiciones obscenas de las que fuera víctima el damnificado, han sido productoras del corrompimiento del menor", del informe de la psicóloga que entrevistó al menor en Cámara Gesell, se desprende que estas acciones "no han sido suficientes, sino que han existido otros hechos más graves que habrían coadyuvado a dicha corrupción, pero se desconoce cuáles fueron y quién o quienes han sido sus autores".

 

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