Lunes 22 de abril 2024

Condenaron a pareja por golpear a su hija

Redacción 21/04/2018 - 01.29.hs

El juez de audiencia santarroseño Carlos Alberto Besi condenó ayer a una pareja de padres a tres años de prisión en suspenso, por ser autores de los delitos de lesiones leves y lesiones graves en dos oportunidades, calificadas por el vínculo, concursando todos ellos en forma real. La víctima fue una hija de ellos.
Con las pruebas reunidas en el expediente, el magistrado acreditó que los imputados "provocaron, de manera comisiva u omisiva, lesiones a su hija de las que dieron cuenta los informes médicos". La denuncia fue impulsada por los médicos de un hospital público que atendieron a la beba.
Entre esos elementos probatorios figuran, entre otros, dos certificados médicos, informes de una psicóloga, de una trabajadora social, del municipio por supuesto maltrato infantil, del forense y de las peritos psicólogas del Poder Judicial.
El conflicto penal se resolvió por la vía alternativa de juicio abreviado. El acuerdo fue elevado por el fiscal Oscar Alfredo Cazenave, la defensora oficial María Silvia Blanco Gómez, el defensor particular Carlos Alberto Pérez Funes y los imputados, quienes admitieron su culpabilidad. La Asesoría de Menores, al ser informada del acuerdo, no avaló la pena ni la modalidad de cumplimiento. Ambos padres tienen 27 años.
Las partes también acordaron para ellos el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el término de tres años: fijar domicilio, presentarse mensualmente ante el Juzgado de Paz de la localidad donde viven y someterse a un tratamiento psicológico.
"Ha quedado acreditado con la prueba documental agregada, que ha sido el accionar desplegado por los padres de la menor damnificada, en las oportunidades bajo investigación, la causa eficiente y determinante de las lesiones sufridas por ella -indicó Besi en el fallo-. Por otra parte, las lesiones que la niña sufrió resultaron constatadas, siendo de carácter leves; en tanto que las restantes deben ser calificadas como graves".
En los juicios abreviados, los jueces no pueden imponer una sanción más gravosa que la requerida por el Ministerio Público Fiscal.

 


' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?