Viernes 12 de abril 2024

Condenaron a un abusador

Redacción 13/04/2019 - 01.52.hs

(General Pico) - Federico Pellegrino, juez de audiencia de General Pico, condenó ayer a un hombre de 47 años de edad, a nueve años de prisión, al imputarle los cargos de Abuso sexual con acceso carnal, agravado por la guarda como delito continuado, y tenencia de representaciones de partes genitales de menores de edad, en concurso real. De esta manera, el magistrado hizo lugar al pedido de la Fiscalía.
El caso ocurrió tiempo atrás en la localidad de Realicó, y se debatió a lo largo de cuatro jornadas en los Tribunales de esta ciudad, con la intervención del fiscal Luciano Rebechi, del defensor particular Abel Tanus Mafud, y de los abogados Pablo Rodríguez Salto y Andrea Haeublein, en carácter de querellantes.
El imputado, que llegó al debate en calidad de detenido con prisión preventiva, era la pareja de la mujer que estaba al cuidado de una niña de muy corta edad, quien fue la víctima de los hechos denunciados.
En el debate se acusó al imputado de haber manoseado en sus partes íntimas, en reiteradas oportunidades de una niña, y de haber cometido otros hechos de abusos. También se lo acusó de tener imágenes fotográficas pornográficas de menores de edad en su notebook.
Durante los alegatos finales, el fiscal solicitó que se condenara al imputado a nueve años de prisión. La querella pidió una condena de diez años, y la defensa, por aplicación del beneficio de la duda, se pronunció por la absolución. De forma subsidiaria, solicitó una condena por el mínimo penal previsto para el delito de "Abuso sexual simple", sin ningún agravante.

 

Argumentos del fallo.
"En el convencimiento de la existencia de los hechos investigados. habré de resolver en consecuencia, resultando encuadrable la conducta del imputado en la figura típica receptada por el tercer párrafo de artículo 119 del Código Penal, en cuanto contempla el acceso carnal vía oral", dijo Pellegrino.
Además hizo lugar a la aplicación del agravante, en función que el imputado se encontraba a cargo de la guarda circunstancial de la menor.
"La madre dejaba a la pequeña al cuidado de su niñera de confianza, existiendo un trato familiar de años, habiendo incorporado al imputado a ese domicilio hacía ya tiempo, resultando quien "cuidaba" a la menor ante la ausencia de su pareja. Es precisamente esa cercanía y confianza la que le permitieron el contacto, sin sospecha alguna de la familia. Esa circunstancia de resultar el guardador temporal, agrava la figura básica", agregó.
En cuanto a repetición de los hechos, consideró que "estimando que la reiteración de los abusos y su imposibilidad de determinación en su cantidad, configuran la existencia de delito continuado".

 

Imágenes pornográficas.
En el tramo final del fallo, Pellegrino hizo referencia al delito de tenencia de fotografías de carácter pornográfico de menores de edad.
"La tenencia del material prohibido en poder del imputado resultó acreditada por el informe y testimonio del perito de la Agencia de Investigación Científica (AIC). La minoridad de los niños expuestos fotográficamente, en un caso resulta por demás de obvia, y en los otros, obra el informe y testimonio del médico forense", consideró.
Al momento de merituar la pena, el magistrado tuvo en cuenta "que los montos mínimos establecidos, sobre todo para la figura de abuso sexual, resultan ser muy elevados, y para fijar la pena deberé partir de ellos, considerando a favor el imputado, la ausencia de antecedentes condenatorios y su historia de vida, advirtiendo como elementos agravantes, la reiteración y multiplicidad de hechos, la escasa edad de la víctima, la extensión del daño causado, las actuales secuelas en el desarrollo evolutivo de la menor y su estado de indefensión".

 

Abuso en el cyber
La jueza de audiencia sustituta, María José Gianinetto, condenó ayer a un hombre (38), como autor del delito de Abuso sexual simple; a ocho meses de prisión condicional. Además le impuso reglas de conducta por el término de dos años. El juicio oral se desarrolló con participación de la fiscala Ivana Hernández y del defensor particular, Oscar Ortíz Zamora.
Con las pruebas aportadas, quedó acreditado que durante el año 2017, cuando la menor se encontraba trabajando en el cyber propiedad del acusado, este la manoseó. En su alegato de clausura, la Fiscalía solicitó que se condenara al imputado a ocho meses de prisión de ejecución condicional y, la defensa pidió la absolución.
"Tratándose de una joven que contaba con más de 13 años de edad al momento de ocurrir el hecho, el imputado lo cometió abusando de la relación de superioridad que tenía con la víctima, quien concurría al cyber de su propiedad a trabajar, realizando tareas de limpieza y de atención al público. Me lleva a separarme del mínimo la extensión del daño provocado con su conducta", dijo la jueza.

 

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